El Comité de Contrataciones Públicas del Ministerio de Turismo, mediante el Acta A.D.P. núm. 0040/2026, de fecha 29 de julio de 2026, aprobó el informe justificativo y el uso de la excepción por prestaciones de carácter personalísimo para contratar servicios artísticos. También nombró tres peritos y señaló como proveedores a Ogando Valenzuela Distribuidora, S.R.L., y Producciones Hama, S.R.L.; el portal registra posteriormente contratos por RD$830,000 y RD$1,959,000, respectivamente.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta aprueba la excepción a favor de ambas empresas; el cruce de datos del proceso identifica que comparten datos de contacto y el portal registra contratos para las dos. Conviene verificar su independencia y la trazabilidad de la selección de cada proveedor, sin que el contacto compartido por sí solo determine una irregularidad.
“Se APRUEBA la ejecución de un procedimiento de excepción para PRESTACIONES DE CARÁCTER PERSONALÍSIMO, específicamente para la contratación de servicios artísticos para el fomento del turismo interno a nivel nacional, en el marco de la Ley…”
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
Reglamento 52-26, artículo 149 — Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva
Artículo 149.- Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva. Las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25 solo pueden aplicarse en los casos y supuestos taxativamente establecidos, los cuales deben ser entendidos de manera estricta y nunca por analogía o interpretación extensiva.
El acta identifica a Ogando Valenzuela Distribuidora como proveedor del servicio artístico de Ala Jaza. Según la consulta de DGII suministrada, realizada el 2026-10-12, su actividad vigente es venta mayorista de productos generales; ese dato posterior no establece cuál era su actividad al ofertar, pero amerita verificar que su objeto social y calificación cubrían el servicio en la fecha del proceso.
“OGANDO VALENZUELA DISTRIBUIDORA, S.R.L., para la prestación del servicio artístico del reconocido artista “Emmanuel Jiménez (Ala Jaza)””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ogando Valenzuela Distribuidora, S.R.L.El acta aprueba la excepción a su favor para prestar el servicio artístico de Emmanuel Jiménez (Ala Jaza); el portal registra un contrato adjudicado.
Adjudicado
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RD$830,000
Producciones Hama, S.R.L.El acta aprueba la excepción a su favor para prestar los servicios artísticos de José María Veras Batista (Joe Veras) y Chiquito Team Band; el portal registra un contrato adjudicado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona