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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES INAIPI-DAF-CM-2026-xxx.pdf

CONTRATACIÓN DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARACIONES MENORES EN CENTROS CAIPI Y CAFI DEL INAIPI EN LA PROVINCIA DE AZUA, DIRIGIDO A MIPYMES · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

Publicado el 31 jul de 202665 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAIPI-DAF-CM-2026-0050

Lo que dice

El pliego del proceso INAIPI-DAF-CM-2026-0050, convocado el 31 de julio de 2026, fija un presupuesto referencial de RD$53,000,000, distribuido en tres ítems de RD$20,000,000, RD$18,000,000 y RD$15,000,000, para mantenimiento y reparaciones en centros de Azua dirigido a MIPYMES. Establece evaluación técnica y económica con ponderaciones de 70 y 30 puntos, respectivamente, y limita en general la adjudicación a un ítem por oferente. Prevé hasta 90 días de ejecución y un anticipo del 30% para MIPYMES; el portal registra cinco ofertas cargadas y pendientes.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

La fórmula económica suma precios unitarios sin volúmenes definidos

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego indica que no hay volúmenes específicos, pero calcula la puntuación económica sumando los precios unitarios de las partidas. Sin ponderarlos por cantidades estimadas, esa suma puede no representar el costo esperado según la combinación real de trabajos que se requiera.

“En el presente proceso no se contempla el establecimiento de volúmenes específicos de partidas en la etapa de contratación, sino que el oferente debe basar su propuesta … en la presentación de PRECIOS UNITARIOS PARA CADA UNA DE LAS”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 117 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 117 — Propuesta más conveniente

Artículo 117.- Propuesta más conveniente. La evaluación de las propuestas procurará que la selección recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación calidad-costo, menor costo del ciclo de vida o menor precio, según corresponda de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo.- Por su naturaleza, en los procedimientos de sorteo de obras el criterio determinante de la selección será el azar.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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A revisarHallazgo en documentos

Descalificación automática por indicios, sin decisión individual previa

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego dispone la descalificación automática cuando se identifiquen tres indicios razonables, aunque en otro pasaje prevé notificación y oportunidad de defensa. La regla puede producir exclusiones sin la comprobación y el procedimiento individualizado previstos para prácticas prohibidas.

“Asimismo, serán descalificados automáticamente del procedimiento todos aquellos oferentes respecto de los cuales se identifiquen al menos tres (3) indicios razonables de colusión con otros participantes.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

A revisarHallazgo en documentos

Línea de crédito mínima sin base de cálculo definida

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

Se exige una línea de crédito comercial mínima del 10%, pero el texto no identifica el monto sobre el cual calcular ese porcentaje. Esa indeterminación puede hacer variar sustancialmente la barrera financiera para participar en un proceso dirigido a MIPYMES.

“El oferente deberá demostrar de forma concurrente que cuenta con una capacidad crediticia mínima: Línea de Crédito Comercial (mínimo 10%): presentación de certificación(es) de crédito comercial original(es), emitida(s) específicamente para ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Equipo mínimo potencialmente desproporcionado al mantenimiento requerido

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

Para trabajos de mantenimiento y reparaciones menores se exige, entre otros equipos, un camión de al menos 14 m³, minicargador y retro-pala. La exigencia puede limitar la concurrencia si no se justifica por las actividades y volúmenes concretos de cada ítem.

“1 und - Camión Volteo 3 m³ 1 und - Camión Volteo de ≥14 m³ 1 und - Minicargador 1 und - Retro-pala”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

El cronograma solo prevé publicación electrónica e institucional

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

El calendario identifica como medios de publicación el SECP y el portal institucional, sin incluir los periódicos impresos de circulación nacional exigidos por la regla legal. La programación expresa merece verificarse frente a los avisos efectivamente publicados.

“1. Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 98 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria

Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…

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Oferentes que registra (5)

5 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Progescon, SRLEl portal registra la oferta como cargada y pendiente; el pliego no consigna habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$51,227,458
María De Los Ángeles Caraballo AlcántaraEl portal registra la oferta como cargada y pendiente; el pliego no consigna habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$53,000,000
Enrique Ferreras RamírezEl portal registra la oferta como cargada y pendiente; el pliego no consigna habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$53,000,000
Constructora Caminante, SRLEl portal registra la oferta como cargada y pendiente; el pliego no consigna habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$53,000,000
G&L Suplidores, SRLEl portal registra la oferta como cargada y pendiente; el pliego no consigna habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$53,000,000

Otros documentos del proceso (20)

  • Contrato ejecución de servicios (SNCC_C024).docxContrato · 30 jul de 2026
  • D045_Curriculo_Personal (1).docxDocumento · 30 jul de 2026
  • D049_Experiencia_contratista (1).docxDocumento · 30 jul de 2026
  • F 042 Formulario Informacion oferente.docxDocumento · 30 jul de 2026
  • F033 OFERTA ECONOMICA.docxDocumento · 30 jul de 2026
  • F034 Presentacion de Oferta.docxDocumento · 30 jul de 2026
  • F036_Equipos_Oferente.docxDocumento · 30 jul de 2026
  • F037_Personal_Oferente.docxDocumento · 30 jul de 2026
  • F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 30 jul de 2026
  • SNCC_D044_Enfoque_y_Metodologia.docxPliego · 30 jul de 2026
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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compromiso-etico-de-proveedores (1).docx
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  • Acto de Aprobacion Inicio de Proceso CM-0050.pdfPliego · 31 jul de 2026 · 1 señal
  • Solicitud de Contratacion CM-0050.pdfSolicitud de compra · 31 jul de 2026 · 1 señal
  • Anexo 1 Listado de Partidas CM-0050.xlsxDocumento · 31 jul de 2026
  • UBICACION DE CENTROS AZUA.xlsxDocumento · 31 jul de 2026
  • Anexo 2. Especificaciones Ficha Tecnica.pdfPliego · 31 jul de 2026 · 3 señales
  • Circular #1. Enmienda.pdfEnmienda · 19 ago de 2026 · 2 señales
  • Circular #2 Enmienda.pdfEnmienda · 31 ago de 2026 · 1 señal
  • CM 0050 Circular de enmienda 3.pdfEnmienda · 9 sept de 2026 · 2 señales