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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación

Acta de Adjudicación.pdf

Contratación de Servicios de Hospedaje y Alquiler de Salones de Reuniones en Santo Domingo, Distrito Nacional, para el Desarrollo de Actividades Institucionales y Técnicas de EMIDOM. · Empresa Minera Dominicana

Publicado el 30 jul de 2026Fechado el 28 jul de 20266 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.2005250»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EMIDOM-DAF-CM-2026-0015

Lo que dice

El acto administrativo del 29 de julio de 2026 aprueba la evaluación y adjudica a Inversiones Azul Del Este Dominicana, S.A. el servicio de hospedaje y alquiler de salones por RD$1,800,000. Habilita también a P.A. Catering, SRL; declara no habilitadas a Agencia de Viajes Milena Tours, SRL y Viajersa, SRL por deficiencias en el desglose de precios, y afirma que la adjudicación se decidió por menor precio.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (22 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$1.8 millones

El menor precio que fundamenta la adjudicación no se distingue en los datos del portal

Documento del 30 jul 2026 · hace 3 meses

El acta sostiene que P.A. Catering no presentó el menor precio y adjudica a Inversiones Azul Del Este por RD$1,800,000. Sin embargo, el portal registra RD$1,800,000 para las cuatro ofertas, incluidas las dos habilitadas; dado que allí figuran como cargadas y pendientes, corresponde contrastar las ofertas económicas finales y el informe de evaluación para verificar cómo se determinó el menor precio.

“la propuesta económica presentada no resultó ser la de menor precio, razón por la cual no fue seleccionada para la adjudicación del presente procedimiento. … RD$1,800,000.00” (págs. 4-5, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$1.8 millones

La relación de peritos no identifica un perito financiero

Documento del 30 jul 2026 · hace 3 meses

El acto aprueba una evaluación legal, técnica y económica y nombra dos peritos técnicos y uno legal, pero no identifica un perito financiero o económico. La regla exige que, salvo las excepciones previstas para contratación menor y contratación directa sujeta a umbral, se designen peritos legal, financiero y técnico; procede comprobar la designación y participación del perfil financiero en el expediente.

“la Sra. Yomaira Lopéz Moreno; Analista de Servicios Generales, y el Sra. Ingrid Báez; encargada de Recursos Humanos como peritos técnicos y al Sr. José Manuel Rojas Rodríguez, Encargado de Contratos Especiales como perito legal” (pág. 4, escaneada)

Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos

Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos

Oferentes que registra (4)

2 no habilitado · 1 habilitado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
P.A. Catering, SRLCumplió los requisitos legales, técnicos y de credenciales, pero no fue seleccionada porque, según el acta, su propuesta no era la de menor precio.HabilitadoÍtem no. 1—
Agencia de Viajes Milena Tours, SRLLa propuesta no especificó los precios unitarios por habitación ni el valor correspondiente al alquiler del salón de eventos.No habilitadoÍtem no. 1—
Inversiones Azul Del Este Dominicana, S.AAdjudicada por ser, según el acta, la oferta de menor precio para la totalidad del listado de precios.AdjudicadoÍtem no. 1RD$1,800,000
Viajersa, SRLEl desglose de precios no especificó el valor correspondiente al salón de eventos.No habilitadoÍtem no. 1—

Otros documentos del proceso (16)

  • Acta de Inicio.pdfPliego · 13 jul de 2026
  • Certificación de Fondos.pdfCertificación de fondos · 13 jul de 2026 · 1 señal
  • Convocatoria.pdfDocumento · 13 jul de 2026
  • Condiciones Generales.pdfPliego · 13 jul de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 13 jul de 2026
  • MODELO-Declaracion-Jurada-oferta-libre-de-colusion.docxDocumento · 13 jul de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 13 jul de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 13 jul de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 13 jul de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 13 jul de 2026
  • Solcitud.pdfSolicitud de compra · 13 jul de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…

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Acta de Apertura de Oferta.pdf
Acta · 30 jul de 2026
  • Informe A.pdfDocumento · 30 jul de 2026
  • Informe B.pdfDocumento · 30 jul de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de Servicio_30/7/2026_7_20 p.m..PdfDocumento · —