El pliego, fechado el 29 de julio de 2026, establece las condiciones para el remozamiento del área de Tomografía y Resonador del INCART, reservado exclusivamente a MIPYMES, con presupuesto base de RD$6,086,537.11 y plazo de ejecución de seis meses. Fija la presentación de ofertas para el 5 de agosto de 2026 y contiene reglas sobre evaluación, garantías, pagos y adjudicación que presentan contradicciones y requisitos que ameritan revisión.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para una obra con presupuesto base de RD$6,086,537.11, el pliego exige tres proyectos de magnitud igual o superior al presupuesto y una flota que incluye una grúa de más de 40 toneladas y cuatro camiones de al menos 16 m³. La acumulación de estas exigencias puede limitar la concurrencia; corresponde revisar su proporcionalidad con las prestaciones efectivamente requeridas.
“Experiencia como proveedor (SNCC.D.049): mínimo de tres (3) proyectos de construcción o remodelación de edificaciones en labores y magnitudes iguales o mayores al presupuesto del proyecto a licitar, de carácter público o privado… Equipo mín”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Aunque el pliego declara que adjudicará por menor precio, la metodología selecciona la oferta más baja dentro de un margen de 5% respecto del promedio. Esta fórmula podría dejar fuera una oferta válida de menor precio que quede por debajo de ese margen y favorecer otra más cara.
“Los(las) peritos seleccionarán al (a la) oferente cuya propuesta económica se haya identificado como la más baja dentro del parámetro del cinco por ciento (5%) del promedio general anteriormente descrito, siempre que dicha oferta haya cumpl”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
El cronograma indica que los sobres técnicos y económicos se abrirán en el mismo acto, aunque el propio pliego describe una evaluación técnica previa y una apertura económica posterior. La apertura simultánea puede exponer los precios antes de concluir la evaluación técnica, mientras la ley dispone que la oferta económica se conozca en fecha distinta y posterior.
“5. Apertura de Ofertas “Sobres A Y B 05/08/2026 14:00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
La sección de requisitos de oferta técnica establece experiencia mínima de cinco años, mientras que la tabla de evaluación técnica fija diez años. La contradicción deja incierto el umbral de calificación que se aplicaría y puede producir resultados dispares en la evaluación.
“Experiencia mínima de 5 años, con evidencia de operaciones… …Experiencia mínima de 10 años, con evidencia de operaciones:”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El pliego prevé que el anticipo del 30% a una MIPYME se pague dentro de los 30 días siguientes a la firma del contrato. La ley dispone que ese anticipo se otorgue con la suscripción, de modo que el plazo previsto difiere del momento establecido para el desembolso.
“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME el Instituto Nacional del cáncer Rosa Emilia Sánchez Pérez de Tavarez (INCART) procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será del treinta por ciento (30%”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Una cláusula fija la vigencia de la garantía entre el 5 y el 12 de agosto de 2026, mientras otra exige 180 días desde la apertura. La discrepancia puede generar incertidumbre sobre el período que deben cotizar y mantener los oferentes.
“Con una vigencia del 5/08 al 12/08 del 2026… …Garantía de la Seriedad de la Oferta (fianza o garantía bancaria) por el uno por ciento (1%) del monto de la oferta, con vigencia de ciento ochenta (180) días a partir de la apertura.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 203 · Ley 47-25, art. 162 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.
El proceso está dirigido exclusivamente a MIPYMES, pero el pliego exige una garantía de seriedad del 1% de la oferta y la incluye como documento no subsanable. La Ley prevé que no se requiera esta garantía a las MIPYMES, por lo que la exigencia puede convertirse en una barrera de participación.
“Póliza5 o Garantía Bancaria6 por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta a presentar”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego exige estados financieros auditados de dos ejercicios con índices mínimos, además de certificaciones bancarias y de crédito comercial por 15% del presupuesto cada una para MIPYMES. Por el monto del contrato y el carácter exclusivo para MIPYMES, conviene verificar que la combinación y cuantía de estos requisitos sea proporcional y esté justificada por la capacidad necesaria para ejecutar la obra.
“Deben demostrar: índice de solvencia (Activo Total / Pasivo Total) mayor a 1.50; índice de liquidez corriente (Activo Corriente / Pasivo Corriente) mayor a 1.00; índice de endeudamiento (Pasivo Total / Patrimonio Neto) menor a 1.50.… En el ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona