El documento fija las especificaciones técnicas de la contratación de mantenimiento y reparaciones menores en centros CAIPI y CAFI de Espaillat, con once grupos de partidas que abarcan desde demoliciones, instalaciones y reparaciones hasta jardinería. Los cinco peritos manifestaron su conformidad el 22 de julio de 2026. Según los datos del proceso aportados, la contratación está estimada en RD$53,000,000 y se tramita como contratación menor de obras.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Las especificaciones abarcan instalaciones eléctricas y sanitarias, reparaciones, suministro de equipos y jardinería; los datos del portal indican que el proceso no está dividido en lotes. La agrupación puede limitar la participación de empresas especializadas en solo algunos rubros o dificultar la comparación de ofertas; la lotificación no es obligatoria y podría existir una justificación en otros documentos del expediente.
“El proyecto consiste en la contratación de servicios de mantenimiento preventivo y ejecución de reparaciones menores en centros CAIPI y CAFI. … 11.00 JARDINERÍA”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 50 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Artículo 50.- Contratos mixtos. Los contratos mixtos son aquellos en los cuales convergen prestaciones correspondientes a distintos tipos de contratos. Párrafo I.- En los contratos mixtos la reglamentación aplicable será la correspondiente a la de la prestación principal que implique mayor costo. Párrafo II.- Solo podrán fusionarse prestaciones correspondientes a distintos tipos de contrato cuando esas prestaciones se encuentren directamente vinculadas entre sí y mantengan relaciones de complementariedad que exijan su condición y tratamiento como una unidad funcional dirigida a la satisfacción de una determinada necesidad o la consecución de un fin propio de la institución contratante.
La partida de sellado de juntas menciona «Igoldenso» sin indicar «o equivalente». La regla legal es describir el objeto de forma genérica y no mencionar marcas, salvo que no exista otro medio suficientemente preciso; conviene verificar si hubo justificación técnica o si se aceptaban equivalentes en otros documentos.
“2.0003 | Sellado De Junta Y Grietas (Con Productos Igoldenso) | m”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
El documento dirige el proceso a MIPYMES de la provincia Espaillat. El reglamento dispone que el domicilio territorial se interprete como preferencial y no excluyente, salvo que la prestación requiera razonablemente una ejecución local y la limitación se justifique; los centros están en Espaillat, circunstancia que podría sustentarla.
“DIRIGIDO A MIPYMES DE LA PROVINCIA ESPAILLAT”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 173 · Reglamento 52-26, art. 224 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 173 — Domicilio local de los proveedores
Artículo 173.- Domicilio local de los proveedores. En las contrataciones destinadas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se establecerá la condición a los proveedores interesados que tengan fijados, domicilio en el distrito municipal, municipio, provincia o región en la que se vayan a suministrar los bienes, prestar los servicios o ejecutar las obras. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán los criterios para determinar el domicilio del proveedor. Párrafo II.- Solo en caso de no existir oferentes locales calificados en el distrito municipal, municipio, provincia o región que puedan satisfacer el objeto contractual, se podrá contratar las…
Reglamento 52-26, artículo 224 — Domicilio local de los proveedores
Artículo 224.- Domicilio local de los proveedores. Para los fines del artículo 173 de la Ley núm. 47-25, el domicilio del proveedor MIPYME debe determinarse atendiendo a criterios de presencia efectiva y capacidad operativa en la demarcación territorial correspondiente, los cuales podrán acreditarse, de manera alternativa, mediante: 1. Sede principal, sucursal, oficina operativa o establecimiento registrado en la demarcación donde se ejecutará la contratación; 2. Capacidad comprobada de prestación del servicio o suministro en la zona, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual, la logística necesaria y los tiempos de respuesta requeridos; 3. Relación comercial previa y verificable en…
En medio de las especificaciones aparece una instrucción sobre cómo redactar las partidas siguientes, seguida de indicaciones de formato. Es un indicio de contaminación editorial que conviene revisar en el expediente y en la versión publicada, aunque por sí solo no acredita que haya cambiado requisitos o afectado la evaluación.
“Sugerencia: para las próximas partidas puedo usar este formato:”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona