El pliego establece las bases de la contratación por excepción de servicios de buró de crédito y perfiles preelaborados, con un presupuesto base de RD$97,133,000 distribuido entre dos ítems y una duración contractual de 12 meses. Fija la recepción y apertura de ofertas para el 4 de agosto de 2026 y señala que la adjudicación se basará en el menor precio; el expediente del proceso registra posteriormente adjudicaciones a Equifax Dominicana y Precisa Group.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego dispone una única etapa y programa para el mismo día la evaluación de las ofertas técnicas y económicas. La Ley establece que las ofertas económicas se abran en fecha distinta y posterior a la apertura y evaluación final de las técnicas; el reglamento dispone aplicar las reglas ordinarias cuando la excepción no establece otra regla específica.
“«Única etapa. Presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas y apertura y evaluación de las ofertas económicas.» … «5. Apertura, verificación, validación y evalua”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · Reglamento 52-26, art. 154 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
Reglamento 52-26, artículo 154 — Aplicación de reglas de los procedimientos ordinarios de selección
Artículo 154.- Aplicación de reglas de los procedimientos ordinarios de selección. En todo lo no previsto en las reglas particulares que regulan las modalidades de excepción, aplican las reglas de los procedimientos ordinarios de selección.
El pliego fija la validez de las ofertas hasta el 14 de septiembre de 2025 y en la metodología económica indica una garantía vigente hasta el 30 de septiembre de 2025, fechas anteriores a la convocatoria de julio de 2026. Otra sección del mismo pliego señala para la garantía una fecha de septiembre de 2026; la contradicción deja incierto el período de mantenimiento de las ofertas y de cobertura de la garantía.
“«Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el 14 de septiembre del 2025.» … «La vigencia de la garantía deberá ser hasta el 30 de septiembre del 2025 inclusive.»”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 109 · Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 109 — Efectos y validez de la presentación de propuestas
Artículo 109.- Efectos y validez de la presentación de propuestas. La presentación de propuestas significará, de parte del oferente, el pleno conocimiento y aceptación de los pliegos de condiciones, sus adendas o enmiendas, normas y cláusulas que rijan la modalidad de contratación correspondiente. Párrafo.- La propuesta tendrá validez durante el período que se señale en los pliegos de condiciones.
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
La regla de endeudamiento fija un límite menor de 1.50, pero asigna cumplimiento a “Menor o igual que > 1.50” y no cumplimiento a “Mayor que < 1.50”. La formulación invierte o contradice las comparaciones y puede generar resultados distintos al evaluar la capacidad financiera de los oferentes.
“«Límite establecido: Menor 1.50» … «Menor o igual que > 1.50 (Cumple)»”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Para participar se exige que el RPE registre actividades descritas como agencias comerciales y banca e inversiones, con códigos específicos. Dado que el objeto es un servicio de buró de crédito y acceso a perfiles, conviene verificar que esa clasificación guarde relación directa con las prestaciones y no excluya proveedores habilitados bajo categorías pertinentes de procesamiento de datos u otros servicios relacionados.
“«Esta ha sido clasificada bajo los rubro -clases- por lo que los oferentes deberán tener la actividad comercial AGENCIAS COMERCIAL Y BANCA E INVERSIONES- Y .»”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Oferentes que registra (3)
2 adjudicado · 1 descalificado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Equifax Dominicana, S.R.L.Adjudicataria del Ítem 1, según el acta de adjudicación resumida en el expediente; el acta indica que cumplió los requisitos técnicos, financieros y legales.
Adjudicado
Ítem 1
RD$9,912,000
Precisa Group, SRLAdjudicataria del Ítem 2, según el acta de adjudicación resumida en el expediente; el acta indica que cumplió los requisitos técnicos, financieros y legales.
Adjudicado
Ítem 2
RD$87,216,800
Trans Union, SAEl informe final citado en el acta de adjudicación indica que no presentó la documentación técnica y legal requerida y depositó solamente la oferta económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona