El 22 de julio de 2026, el Comité de Contrataciones Públicas de ProDominicana aprobó el informe técnico y autorizó utilizar una excepción para contratar alimentos y hospedaje para el HUB Cámara Santo Domingo 2026, al considerar que el Hotel Embajador–A Royal Hideaway era el único establecimiento donde podían realizarse integralmente las actividades. También designó tres peritos —técnico, financiero y legal— y ordenó publicar el acta. El proceso asociado tiene un monto estimado de RD$6,306,279.16.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta fundamenta que el hotel es el único establecimiento donde pueden ejecutarse integralmente las actividades porque la Cámara de Comercio lo seleccionó como sede oficial. Conviene verificar que esa condición hacía inviable contratar estos servicios con otros proveedores; el Reglamento define proveedor único como quien es el único que ofrece el bien o servicio o tiene el derecho exclusivo, y exige sustentar la inexistencia de sustitutos razonables.
“Que, al haber sido seleccionado por la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo como sede oficial de HUB Cámara Santo Domingo 2026, el Hotel Embajador - A Royal Hideaway constituye el único establecimiento donde ProDominicana puede ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…
El acta informa que procede un recurso jerárquico, pero la Ley establece primero la reconsideración ante el órgano responsable y prevé el recurso jerárquico impropio contra la resolución que decida esa reconsideración. La indicación podría generar incertidumbre sobre la vía administrativa que deben seguir los interesados.
“Este acto administrativo puede ser recurrible en sede administrativa, a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo establecido en la Ley Núm. 47-25 y el decreto Núm. 52-26, el cual se entenderá como hábil, por lo previs”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 204 · Ley 47-25, art. 207 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración
Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.
Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona