El Comité de Compras Públicas del Hospital Municipal Los Cacaos adjudicó el 21 de julio de 2026 el proceso de comparación de precios HCL-CCC-CP-2026-0002 a Juan María García Auto, SRL por RD$2,982,900. El acta consigna que recibió una sola oferta y que el oferente cumplió los requisitos del pliego.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (11 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra un único oferente, aunque el portal indica que notificó a 4,714 proveedores. La notificación amplia no acredita por sí sola competencia efectiva; conviene revisar la concurrencia y las condiciones que pudieron incidir en la presentación de ofertas. La existencia de un solo oferente no impide automáticamente la adjudicación.
“Que al cierre del plazo para la recepción de ofertas se recibió una (1) propuesta, correspondiente al siguiente oferente:”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El monto adjudicado de RD$2,982,900 supera en aproximadamente 24.9% la mediana estimada de RD$2,387,621 para el mismo tipo de camioneta y queda ~10.5% por encima del límite superior del rango central (RD$2,700,000) de 89 ítems de otros procesos. Son estimaciones, no precios pagados, por lo que la diferencia es un indicador para verificar la razonabilidad del precio, no una conclusión de sobreprecio.
“Monto adjudicado: DOS MILLONES NOVECIENTO OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 CENTAVOS RD$ 2,982,900.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 117 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 117 — Propuesta más conveniente
Artículo 117.- Propuesta más conveniente. La evaluación de las propuestas procurará que la selección recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación calidad-costo, menor costo del ciclo de vida o menor precio, según corresponda de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo.- Por su naturaleza, en los procedimientos de sorteo de obras el criterio determinante de la selección será el azar.
Según los datos aportados del portal de la DGCP, la institución no tiene un Plan Anual de Compras 2026 entre los planes que publica. Conviene verificar si el plan fue elaborado y publicado por otra vía o si esta contratación fue incorporada mediante una modificación justificada; el acta únicamente consigna que el proceso se inició.
“Que el Hospital Municipal Los Cacaos inició el proceso de Comparación de Precios […], con el objetivo de adquirir una camioneta para fortalecer las labores operativas, administrativas y asistenciales de la institución.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona