El pliego de julio de 2026 establece una contratación menor, reservada a MIPYME mujer, para reconstruir y adoquinar la calle 1ra y construir un microsistema de drenaje en Maquiteria, con presupuesto estimado de RD$17,453,182.69 y plazo de ejecución máximo de 30 días calendario. Fija requisitos de experiencia, solvencia, equipos y evaluación técnica y económica, además de un anticipo del 30% para la MIPYME adjudicataria. Según los datos del proceso aportados, Solad, S.R.L. fue adjudicada por RD$17,204,123.50.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para personas jurídicas el pliego exige seis años de experiencia como contratista, al menos cuatro contratos de obras similares y una línea de crédito del 25% del valor del lote, reducida al 10% para MIPYMES. Dado el presupuesto estimado de RD$17,453,182.69 y la reserva para MIPYME mujer, conviene verificar que estas exigencias estén justificadas por el alcance y no limiten irrazonablemente la participación.
“Tiempo mínimo requerido como contratista: seis (6) años mínimo Persona Jurídica. Deben ir anexos a Formulario SNCC.D.049 (NO SUBSANABLE)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Las especificaciones dejan sin completar dimensiones, diámetros, pendientes, capacidad y otros datos de los registros, tuberías, tanque séptico, pozos filtrantes y colector. Estas omisiones pueden impedir que los oferentes comparen costos sobre un alcance técnico común y dificultar la verificación de la obra; conviene comprobar si los parámetros constan completos en planos o anexos del expediente.
“Dimensiones Internas: m m. Profundidad: m promedio (con pendiente descendente).”
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
El pliego exige comprometerse a iniciar los trabajos inmediatamente al firmar, sin esperar el anticipo, pero dispone que el anticipo del 30% se pagará hasta 30 días después de la firma. Para MIPYMES, la ley dispone el anticipo con la suscripción y reconoce que el proveedor no debe iniciar si el anticipo pactado no se ha pagado; la combinación puede trasladar al adjudicatario una carga de financiamiento y contradice esas condiciones.
“Carta de compromiso firmada por el proveedor donde se compromete a iniciar los trabajos de manera inmediata a la firma del contrato sin necesidad del pago del avance para el inicio de los mismos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El pliego asigna 70 puntos como máximo a la oferta técnica y 30 a la económica, pero la fórmula de evaluación combinada aplica 0.30 a la técnica y 0.70 a la económica, con lo cual el total posible con esos máximos sería 42 puntos y no 100. Es una inconsistencia interna del pliego; en este proceso no tuvo efecto demostrado en el resultado, pues se recibió una sola oferta, que fue habilitada y adjudicada.
“Las evaluaciones Técnicas y Económicas se calificarán con un máximo de cien (100) puntos. El puntaje total de la Oferta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: PTOi = (0.30 x Pti)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El pliego primero señala que la visita al sitio es algo que los oferentes podrán realizar, pero después afirma que deberá realizarse por la complejidad del proyecto. Esa ambigüedad puede generar dudas sobre si la visita es voluntaria o una condición de participación; conviene verificar cómo se informó y aplicó a todos los interesados.
“Los oferentes podrán realizar una visita de inspección al lugar donde se realizará la ejecución de la obra, de manera que obtengan por sí mismos y bajo su responsabilidad y riesgo, toda la información que pueda ser necesaria para preparar s”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 8 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 8 — Creación
Artículo 8.- Creación. Se crea la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, dependiente del Ministerio de Hacienda.
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego prevé que la institución podrá retener el 6% del costo de la obra para pagar al personal técnico de inspección y supervisión, además de otras retenciones descritas. La cláusula puede afectar el flujo de pagos y no precisa en este pasaje el mecanismo de cálculo, aplicación y devolución; conviene verificar cómo se incorporó al presupuesto y al contrato.
“El Ayuntamiento Municipal de Santo Domingo Este podrá retener, el 6% de retención del costo de la obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará permanentemente la obra, será imputado en cada pago al valor agregado e”
Solad, S.R.L.Según el resumen del acta de adjudicación, cumplió los requisitos legales, técnicos, financieros y económicos y obtuvo el mayor puntaje; se recibió una sola oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 86 — Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra
Artículo 86.- Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra. En los casos de contratos de obra pública, los estudios previos deben incluir, además de los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25: 1. Proyecto de ingeniería de detalle, con planos definitivos, especificaciones técnicas, memorias de cálculo y presupuesto desagregado; 2. Estudios de prefactibilidad y factibilidad, según la magnitud y complejidad de la obra; 3. Estudio de impacto ambiental, conforme a la normativa ambiental vigente, incluyendo medidas de mitigación y compensación; 4. Análisis de suelos, topografía, geotecnia, clima y accesibilidad, según corresponda; 5. Estimación del cronograma…