viernes, 16 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones maquiteria C1ra.pdf

CONTRATACIÓN PARA INFRAESTRUCTURA TERRESTRE Y OBRAS ANEXAS: RECOSTRUCCION Y ADOQUINAMIENTO DE LA C/ 1RA DE MAQUITERIA CON CONSTRUCIÓN MICROSISTEMA DE DRENAJE SANITARIO: C/ INTERIOR B-C/ INTERIOR C… · Ayuntamiento Santo Domingo Este

Publicado el 23 jul de 202657 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDE-DAF-CM-2026-0042

Lo que dice

El pliego de julio de 2026 establece una contratación menor, reservada a MIPYME mujer, para reconstruir y adoquinar la calle 1ra y construir un microsistema de drenaje en Maquiteria, con presupuesto estimado de RD$17,453,182.69 y plazo de ejecución máximo de 30 días calendario. Fija requisitos de experiencia, solvencia, equipos y evaluación técnica y económica, además de un anticipo del 30% para la MIPYME adjudicataria. Según los datos del proceso aportados, Solad, S.R.L. fue adjudicada por RD$17,204,123.50.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$17.5 millones

Requisitos de experiencia y solvencia que ameritan revisión de proporcionalidad

Documento del 23 jul 2026 · hace 2 meses

Para personas jurídicas el pliego exige seis años de experiencia como contratista, al menos cuatro contratos de obras similares y una línea de crédito del 25% del valor del lote, reducida al 10% para MIPYMES. Dado el presupuesto estimado de RD$17,453,182.69 y la reserva para MIPYME mujer, conviene verificar que estas exigencias estén justificadas por el alcance y no limiten irrazonablemente la participación.

“Tiempo mínimo requerido como contratista: seis (6) años mínimo Persona Jurídica. Deben ir anexos a Formulario SNCC.D.049 (NO SUBSANABLE)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Faltan parámetros esenciales en especificaciones del sistema sanitario

Documento del 23 jul 2026 · hace 2 meses

Las especificaciones dejan sin completar dimensiones, diámetros, pendientes, capacidad y otros datos de los registros, tuberías, tanque séptico, pozos filtrantes y colector. Estas omisiones pueden impedir que los oferentes comparen costos sobre un alcance técnico común y dificultar la verificación de la obra; conviene comprobar si los parámetros constan completos en planos o anexos del expediente.

“Dimensiones Internas: m m. Profundidad: m promedio (con pendiente descendente).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 86 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

A revisarHallazgo en documentos

Inicio inmediato exigido antes del desembolso del anticipo

Documento del 23 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego exige comprometerse a iniciar los trabajos inmediatamente al firmar, sin esperar el anticipo, pero dispone que el anticipo del 30% se pagará hasta 30 días después de la firma. Para MIPYMES, la ley dispone el anticipo con la suscripción y reconoce que el proveedor no debe iniciar si el anticipo pactado no se ha pagado; la combinación puede trasladar al adjudicatario una carga de financiamiento y contradice esas condiciones.

“Carta de compromiso firmada por el proveedor donde se compromete a iniciar los trabajos de manera inmediata a la firma del contrato sin necesidad del pago del avance para el inicio de los mismos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Texto oficial completo

ContextoHallazgo en documentos

Fórmula de evaluación combinada no cuadra con los máximos de 70 y 30 puntos del pliego

Documento del 23 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego asigna 70 puntos como máximo a la oferta técnica y 30 a la económica, pero la fórmula de evaluación combinada aplica 0.30 a la técnica y 0.70 a la económica, con lo cual el total posible con esos máximos sería 42 puntos y no 100. Es una inconsistencia interna del pliego; en este proceso no tuvo efecto demostrado en el resultado, pues se recibió una sola oferta, que fue habilitada y adjudicada.

“Las evaluaciones Técnicas y Económicas se calificarán con un máximo de cien (100) puntos. El puntaje total de la Oferta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: PTOi = (0.30 x Pti)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

ContextoHallazgo en documentos

Visita técnica descrita de forma contradictoria

Documento del 23 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego primero señala que la visita al sitio es algo que los oferentes podrán realizar, pero después afirma que deberá realizarse por la complejidad del proyecto. Esa ambigüedad puede generar dudas sobre si la visita es voluntaria o una condición de participación; conviene verificar cómo se informó y aplicó a todos los interesados.

“Los oferentes podrán realizar una visita de inspección al lugar donde se realizará la ejecución de la obra, de manera que obtengan por sí mismos y bajo su responsabilidad y riesgo, toda la información que pueda ser necesaria para preparar s”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 8 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 8 — Creación

Artículo 8.- Creación. Se crea la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, dependiente del Ministerio de Hacienda.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

ContextoHallazgo en documentos

Retención de 6% del costo de la obra para supervisión

Documento del 23 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego prevé que la institución podrá retener el 6% del costo de la obra para pagar al personal técnico de inspección y supervisión, además de otras retenciones descritas. La cláusula puede afectar el flujo de pagos y no precisa en este pasaje el mecanismo de cálculo, aplicación y devolución; conviene verificar cómo se incorporó al presupuesto y al contrato.

“El Ayuntamiento Municipal de Santo Domingo Este podrá retener, el 6% de retención del costo de la obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará permanentemente la obra, será imputado en cada pago al valor agregado e”
Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Solad, S.R.L.Según el resumen del acta de adjudicación, cumplió los requisitos legales, técnicos, financieros y económicos y obtuvo el mayor puntaje; se recibió una sola oferta.AdjudicadoLote únicoRD$17,204,124

Otros documentos del proceso (10)

  • FORMULARIOS.rarDocumento · 23 jul de 2026
  • Certificacion de existencia de fondo.pdfCertificación de fondos · 23 jul de 2026
  • Orden de Contratación.pdfSolicitud de compra · 23 jul de 2026 · 1 señal
  • Acta simple.pdfPliego · 23 jul de 2026
  • Modificaciones al pliego de condiciones ASDE DAF CM 2026 0042.pdfPliego · 27 jul de 2026 · 1 señal
  • Listado de partidas Construccion de adoquinamiento.pdfDocumento · 28 jul de 2026
  • CARTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 6 ago de 2026
  • CONTRATO (ORIGINAL).pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de Servicio_6/8/2026_8_17 p.m..PdfDocumento · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 86 — Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra

Artículo 86.- Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra. En los casos de contratos de obra pública, los estudios previos deben incluir, además de los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25: 1. Proyecto de ingeniería de detalle, con planos definitivos, especificaciones técnicas, memorias de cálculo y presupuesto desagregado; 2. Estudios de prefactibilidad y factibilidad, según la magnitud y complejidad de la obra; 3. Estudio de impacto ambiental, conforme a la normativa ambiental vigente, incluyendo medidas de mitigación y compensación; 4. Análisis de suelos, topografía, geotecnia, clima y accesibilidad, según corresponda; 5. Estimación del cronograma…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Esta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →