La Circular núm. 001 de enmienda, fechada el 23 de julio de 2026, modifica el pliego de la licitación JAC-CCC-LPN-2026-0003: precisa la vigencia del servicio, actualiza las condiciones y fechas de la garantía de seriedad, añade una declaración de oferta libre de colusión y fija un máximo de diez días hábiles para suscribir el contrato. También incorpora la Resolución núm. 33-2026 sobre el ajuste de la conformación del Comité de Peritos Evaluadores. La fecha de firma prevista que cita la circular, 22/09/2026, debe contrastarse con el máximo de diez días hábiles y la adjudicación que el portal registra para el 01/09/2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular fija el plazo legal máximo de diez días hábiles desde la notificación, pero usa el 22/09/2026 como fecha prevista de firma. Según el portal, la adjudicación se registró el 01/09/2026: esa fecha prevista queda más de diez días hábiles después, por lo que debe comprobarse la fecha efectiva de notificación y firma; el cronograma la califica como estimada.
“El contrato resultante del presente procedimiento deberá ser suscrito dentro de un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir … de la notificación del acto administrativo de adjudicación, de conformidad con lo dispuesto”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
La circular identifica cinco miembros firmantes, pero dos figuran como directores administrativos y financieros y no aparece un miembro del área de Planificación y Desarrollo Institucional. La Ley establece esa área entre los cinco integrantes del comité; conviene verificar la integración formal y quién aprobó la enmienda.
“Izzet A. SSIsur Quiñón Director Administrativo y Fiq^^iero Miembro ... Sarah A. Esféyez Alvarado Director Administrativo y Financiero Miembro”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Pliego, pág. 9, numeral 3.8Vigencia y condiciones del servicio
No reproducido en la circular.
La contratación tendrá una vigencia de seis meses o hasta agotar el monto contratado; el suministro inicia con la suscripción del contrato o acuerdo y la entrega será según requerimiento. Se indican cinco opciones diferentes por día.
Aclara
Pliego, numerales 10.4 y 10.5 y cronogramaGarantía de seriedad y mantenimiento de oferta
No reproducido en la circular.
La garantía se fija desde el 30/07/2026 hasta el 12/10/2026; el mantenimiento de oferta hasta la firma prevista para el 22/09/2026. La garantía debe ser incondicional, irrevocable y renovable.
Endurece
Pliego, pág. 26, numeral 10.5, Sobre BDeclaración de oferta libre de colusión
La circular no reproduce el texto anterior ni indica que se exigiera esta declaración.
Añade como documento obligatorio una declaración jurada o certificación firmada y sellada que certifique autenticidad, buena fe e inexistencia de prácticas colusorias.
Endurece
Pliego, pág. 49, Sección III, numeral 1Plazo para suscribir el contrato
No reproducido en la circular.
El contrato debe suscribirse en un plazo no mayor de diez días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
Aclara
Documentación anexa a la circularConformación del Comité de Peritos Evaluadores
La circular no detalla la conformación anterior.
Añade la Resolución núm. 33-2026, que, según la circular, ajusta la conformación del Comité de Peritos Evaluadores.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona