El pliego de junio de 2026 establece las bases para una contratación competitiva por exclusividad de la renovación del soporte Dell EMC VxBlock, con presupuesto base de RD$18,000,000. Fija la adjudicación por la totalidad del servicio a la oferta de menor precio que cumpla los requisitos y una vigencia contractual de un año, del 28 de septiembre de 2026 al 28 de septiembre de 2027. El cronograma prevé notificar la adjudicación el 10 de septiembre y suscribir el contrato el 28 de septiembre de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego declara obligatoria la garantía de seriedad y, para oferentes MIPYME, solo cambia la modalidad a fianza. La Ley 47-25 dispone que no se requiere garantía de seriedad de oferta para las MIPYMES, por lo que esta condición podría imponerles un requisito adicional de participación.
“La Garantía de Seriedad de la Oferta será de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro de la Oferta Económica … Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego establece penalidades porcentuales recurrentes por retraso y una penalidad general por otras obligaciones, pero no expresa un límite agregado. La Ley 47-25 fija que cada penalidad no puede superar el 10% del precio y que el total no puede superar el 30%, por lo que conviene verificar que la aplicación de estas cláusulas respete esos topes.
“LA DGII aplicará una penalidad de un uno por ciento (1%) del monto total del contrato por cada cuatro días de retraso … se procederá a aplicar una penalidad de un cero pun cinco por ciento (0.5%) del monto total del contrato por cada”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 147 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 147 — Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso
Artículo 147.- Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso. La institución contratante, ante incumplimiento parcial de las prestaciones fijadas en el contrato o cumplimiento defectuoso de este, podrá aplicar las penalidades que hayan sido establecidas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo.- Las penalidades impuestas deben ser proporcionales al incumplimiento y las cuantías de cada una no podrán superar el diez por ciento (10%) del precio del contrato, ni el total de ellas superar el treinta por ciento (30%) del mismo y, estas se hacen efectivas mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor.
El cronograma sitúa la notificación de adjudicación el 10 de septiembre y la firma del contrato el 28 de septiembre de 2026. Entre ambas fechas transcurren 12 días hábiles, por encima del máximo de 10 días hábiles que establece el artículo 134 de la Ley 47-25.
“Jueves 10 de septiembre de 2026 … Lunes 28 de septiembre de 2026 … no deberá ser mayor a diez (10) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
El pliego exige que la oferta siga vigente hasta el 28 de octubre de 2026, pero también fija el vencimiento de la garantía de seriedad para el 28 de septiembre. Además, dispone que esta cubra veinte días después de la fecha prevista para firmar, que también es el 28 de septiembre; las fechas dejan la cobertura de la garantía contradictoria e inferior a la vigencia de la oferta.
““Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el miércoles 28 de octubre de 2026.” … “Con una vigencia hasta el lunes 28 de septiembre de 2026.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 162 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 162 — Garantías
Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.
El pliego permite subsanar la garantía cuando sea insuficiente por una corrección aritmética de la oferta. El artículo 204 del Reglamento 52-26 prevé correcciones por errores materiales o por moneda distinta; la habilitación adicional de esta subsanación merece revisión por su efecto sobre la garantía exigida a los oferentes.
““Cuando resulte en un monto insuficiente, producto de una corrección aritmética realizada a la oferta económica.””
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 204 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 204 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 204.- Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta contiene errores materiales o se encuentra emitida en una moneda distinta a la solicitada, puede requerirse al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento especificado en el pliego de condiciones, sin que el plazo pueda ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. Párrafo. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.
En las condiciones de pago se indica para las MIPYMES “el veinte por ciento (30%)”, combinando dos porcentajes distintos. Otra sección del mismo pliego prevé un anticipo del 30% para MIPYMES, conforme al porcentaje fijado por la Ley 47-25, pero la contradicción puede generar incertidumbre al calcular el pago.
““Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYMES, por concepto de avance recibirán el veinte por ciento (30%).””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona