La Circular de respuesta n.º 1, de 2026-07-23, responde consultas sobre la licitación para migrar Dynamics AX 2012 a Dynamics 365, con presupuesto estimado de RD$29,000,000. Confirma la evaluación técnica Cumple/No cumple y aclara el alcance de la migración, el soporte, la validación del rendimiento, la documentación y el esquema de pagos del 30% de anticipo y 70% tras la recepción definitiva.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: No quedan fijados de antemano el inventario ni las categorías y volumen de datos a migrar, lo que reduce la delimitación verificable del alcance.; La circular no fija cantidades, niveles de complejidad ni un banco de horas para controlar y verificar el esfuerzo comprendido en el alcance contractual.; No concreta operaciones representativas, condiciones de carga ni métricas de aceptación previas a la oferta; la validación específica queda para la ejecución..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular condiciona el anticipo del 30% a presentar factura y prevé pagarlo dentro de los 30 días posteriores a la firma. La Ley 47-25 dispone que el anticipo a MIPYMES se otorgue con la suscripción, sin necesidad de factura; el portal indica que el proceso no está reservado a MIPYMES y el registro disponible refleja la condición MIPYME actual de los oferentes, no necesariamente la que tenían durante el proceso, por lo que corresponde verificar la condición del eventual adjudicatario y la aplicación de esta regla.
“El pago se realizará dentro de los treinta (30) días posteriores a la firma del contrato y presentación de la factura.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Alcance del proyecto — migración de datos y personalizacionesAlcance no delimitado por categorías de datos
El pliego requería analizar y migrar los datos y personalizaciones existentes cuando aplicara; las consultas pidieron precisar el alcance por tipo de dato.
La respuesta indica que el alcance se determinará tras analizar la implementación existente, la calidad, cantidad y usabilidad de los datos, e incluye la migración histórica y los saldos iniciales.
AclaraQuita un control: No quedan fijados de antemano el inventario ni las categorías y volumen de datos a migrar, lo que reduce la delimitación verificable del alcance.
Soporte técnico y reportesSin límites cuantitativos para reportes e intervenciones de soporte
El pliego incluía reportes, consultas y actividades de soporte, pero las consultas solicitaron precisar cantidades, complejidad y límites de esfuerzo.
La respuesta establece que no hay cantidad predeterminada de reportes ni límite específico de intervenciones, asesorías o capacitaciones dentro del alcance contractual; los requerimientos que lo excedan requieren cotización de horas y aprobación.
AclaraQuita un control: La circular no fija cantidades, niveles de complejidad ni un banco de horas para controlar y verificar el esfuerzo comprendido en el alcance contractual.
Especificaciones generales — rendimientoValidación de tiempos de respuesta y concurrencia
El pliego exigía procesar transacciones financieras en menos de dos segundos y soportar al menos 80 usuarios concurrentes sin degradación.
La circular interpreta esos requisitos como capacidades esperadas de rendimiento general y remite su validación a pruebas funcionales, integrales, UAT y otros mecanismos definidos durante la ejecución.
RelajaQuita un control: No concreta operaciones representativas, condiciones de carga ni métricas de aceptación previas a la oferta; la validación específica queda para la ejecución.
Criterio técnico T-22 — manualesMedios aceptados para evidenciar los manuales
El pliego exigía evidenciar la disponibilidad de los manuales conforme al criterio T-22.
Se acepta documentación estándar del fabricante, incluso mediante enlaces oficiales, complementada con documentación específica de la implementación para la CCRD.
Aclara
Condiciones de pagoAclaración del anticipo y del pago final
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El esquema del pliego era 30% de anticipo y 70% contra recepción definitiva.
La circular precisa que el anticipo requiere garantía de buen uso y factura, se pagaría dentro de los 30 días posteriores a la firma, y el saldo se pagaría tras la recepción definitiva y presentación de factura.