miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES LUBRICANTES.pdf

“ADQUISICIÓN DE LUBRICANTES Y COOLANT PARA USO DE LA OPERADORA METROPOLITANA DE SERVICIOS DE AUTOBUSES OMSA” · Operadora Metropolitana de Servicios de Autobuses S.A.

Publicado el 22 jul de 202652 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso OMSA S.A.-CCC-LPA-2026-0001

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para adquirir, en un lote único, siete tipos de lubricantes y coolant, con un valor referencial de RD$17,549,362.65. Fija la convocatoria para el 22 de julio de 2026 y la recepción de ofertas para el 17 de agosto; el proceso se identifica como licitación pública abreviada. Incluye requisitos de elegibilidad, evaluación técnica y financiera, muestras, garantías, entregas y pagos.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (10)

A revisarHallazgo en documentos

El código RPE exigido no coincide con los códigos del objeto

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

En la descripción del objeto y en la lista de requisitos se indican actividades UNSPSC para aceites, grasas y refrigerante; en la tabla de evaluación legal aparece el código 43232606. La discrepancia deja incierto qué actividad se verificará como condición habilitante y puede producir evaluaciones distintas entre oferentes.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial referida en el numeral 2 sobre “objeto del procedimiento de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Exige garantía de seriedad también a oferentes MIPYME

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego requiere a los oferentes una garantía de seriedad del 1% y solo limita el tipo de instrumento para quienes sean MIPYME. La Ley establece que a las MIPYMES no se les requiere garantía de seriedad, por lo que esta condición puede imponerles una carga de participación adicional.

“La omisión en la presentación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta o cuando la misma fuera insuficiente, conllevará la desestimación de la Oferta sin más trámite. … Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Plazo de pago puede extenderse más allá del máximo legal

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego prevé pagos entre 30 y 60 días hábiles desde la remisión de las facturas. La Ley establece un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento; el plazo previsto podría excederlo.

“Los pagos se harán vía libramiento en un período entre treinta (30) y sesenta (60) días hábiles contados a partir de que el proveedor remita las facturas del servicio ofrecido.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

El anticipo MIPYME queda sujeto a un plazo de hasta 60 días hábiles

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

Aunque el pliego prevé un anticipo del 30% para MIPYMES, supedita su desembolso a un plazo de entre 30 y 60 días hábiles desde la firma y registro del contrato. La Ley vincula el anticipo del 30% a la suscripción del contrato, por lo que el plazo previsto puede demorar un apoyo financiero legalmente asociado a esa suscripción.

“El anticipo que le será otorgado al adjudicatario como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11 Sección III, que asciende a un treinta por ciento (30%) del valor total adjudicado si se trata de un oferente certificado co”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Limita la presentación de ofertas físicas a casos excepcionales

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego dispone que las ofertas deben presentarse obligatoriamente por vía electrónica y permite las físicas solo ante fuerza mayor o imposibilidad técnica validada por el órgano rector. La Ley contempla la presentación electrónica o en soporte físico, de modo que la limitación puede reducir las vías disponibles para participar.

“los(as) oferentes deberán presentar sus propuestas obligatoriamente por vía electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). Solo en casos de fuerza mayor o imposibilidad técnica del sistema, debidamente valid”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 105 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 105 — Presentación de propuestas

Artículo 105.- Presentación de propuestas. Los oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, o en soporte físico. Párrafo I.- Deberá garantizarse la confidencialidad de las propuestas hasta el momento de su apertura, en la fecha y hora fijado por el pliego de condiciones. Párrafo II.- Las propuestas presentadas fuera del plazo fijado para su recepción se considerarán irrecibibles. Párrafo III.- Al momento de preparar los documentos que conforman sus propuestas técnicas y económicas, los oferentes deberán hacer constar en sus propuestas cuáles informaciones deben ser consideradas como confidenciales, con la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Requiere declarar que no existen juicios pendientes contra el Estado

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego incluye como contenido de una declaración jurada que el oferente no tenga juicios pendientes con el Estado o sus instituciones. La Ley aclara que tener un juicio contra el Estado no constituye por sí mismo una inhabilidad; exigir esa declaración puede añadir una condición de elegibilidad ajena al régimen legal.

“así como de que no tienen juicios pendientes con el Estado Dominicano o alguna de sus instituciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Declara no subsanable toda la documentación técnica

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego califica genéricamente la documentación técnica como no subsanable, aunque incluye documentos relativos a requisitos de calificación. La Ley dispone que los documentos de acreditación de esos requisitos son subsanables si el oferente cumplía el requisito al presentar su oferta; la regla amplia podría afectar la posibilidad de subsanar omisiones documentales.

“c) Documentación técnica: [No subsanable]”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia mínima en suministro de repuestos para comprar lubricantes

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

Para este proceso de lubricantes y coolant se exige acreditar cinco años de experiencia en suministro de repuestos, con certificaciones y datos de contratos. El pliego no explica la relación entre esa experiencia específica y el objeto, y el requisito puede excluir proveedores con experiencia en lubricantes pero no en repuestos.

“Resumen de Experiencia de la empresa en el suministro de repuestos (SNCC.D.049). (Experiencia de cinco (05) años mínimos)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

La regla del índice de endeudamiento contiene desigualdades contradictorias

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego define como límite un índice menor que 2.00, pero luego vincula “menor o igual” con “> 2.00” para cumplir y “mayor que” con “< 2.00” para no cumplir. La inversión de las desigualdades puede volver incierta la evaluación financiera y la habilitación.

“Límite establecido: Menor 2.00 Menor o igual que > 2.00 (Cumple) Mayor que < 2.00 (No cumple)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Condiciones de entrega inmediata contradicen las entregas a requerimiento

Documento del 22 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego dispone que el suministro es de entrega inmediata y fija diez días calendario para entregarlo, pero también establece que los bienes no se requerirán en su totalidad de forma inmediata y se solicitarán según necesidad durante la vigencia del contrato. La diferencia puede afectar la preparación de ofertas, la disponibilidad requerida y la comparación de condiciones de entrega.

“La Convocatoria a Licitación Pública Nacional se realiza sobre la base de un suministro de entrega inmediata, el cual deberá efectuarse dentro de un plazo máximo de diez (10) días calendario, contados a partir de la emisión de la Certificac”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Otros documentos del proceso (20)

  • BORRADOR DE CONTRATO DE BIENES (SNCC.C.023).docxContrato · 22 jul de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 22 jul de 2026
  • FORMULARIO 056 ENTREGA DE MUESTRA.docxDocumento · 22 jul de 2026
  • FORMULARIO+033.docxDocumento · 22 jul de 2026
  • FORMULARIO+034.docxDocumento · 22 jul de 2026
  • FORMULARIO+042.docxDocumento · 22 jul de 2026
  • FORMULARIO+049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 22 jul de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes (2).docxDebida diligencia · 22 jul de 2026
  • ANEXO 1 ESPECIFICACIONES TECNICAS LUBRICANTES Y COOLANT.pdfPliego · 22 jul de 2026 · 2 señales
  • DICTAMEN.pdfDictamen · 22 jul de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRAS_001.pdfSolicitud de compra · 22 jul de 2026 · 1 señal

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
CONVOCATORIA_001.pdf
Documento · 22 jul de 2026
  • ACTA DE INICIO DEL PROCESO.pdfInforme pericial · 22 jul de 2026 · 2 señales
  • CERTIFICACION DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 22 jul de 2026
  • ENMIENDA NO. 1.pdfEnmienda · 10 ago de 2026
  • ACTA QUE APRUEBA EL INFORME DE CONSTANCIA DE INCIDENCIA EN OFERTAS PRESENTADAS VIA ELECTRONICA.pdfActa · 15 sept de 2026 · 1 señal
  • CONSTANCIA DE INCIDENCIA ADVERTIDAD EN EL SECP Y SOMETIMIENTO AL CCP.pdfDocumento · 15 sept de 2026
  • ENMIENDA No. 2 LUBRICANTES .pdfEnmienda · 21 sept de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 6 oct de 2026 · 2 señales
  • Informe final del portalDocumento · —