miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego Limpieza.pdf

EJECUCIÓN DE OBRAS PARA LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE CAUCES MEDIANTE MOVIMIENTO DE TIERRA PARA LA CAÑADA GUAJIMIA Y SUS AFLUENTES A MODO PREVENTIVO ANTE INICIO DE TEMPORADA CICLONICA 2026 Y SUS EFECTO… · Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo

Publicado el 21 jul de 202657 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CAASD-DAF-CM-2026-0050

Lo que dice

El pliego de la CAASD establece las condiciones de la contratación menor CAASD-DAF-CM-2026-0050 para limpiar y mantener aproximadamente 1,000 metros lineales de la cañada Guajimía y sus afluentes. Fija un monto estimado de RD$53,013,792.41, una ejecución de 12 meses y requisitos de capacidad técnica y financiera; también define la evaluación y las condiciones contractuales, entre ellas pagos por cubicaciones y penalidades por retraso.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$53 millones

Requisitos financieros acumulativos merecen verificación de proporcionalidad

Documento del 21 jul 2026 · hace 2 meses

Para un monto estimado de RD$53,013,792.41, el pliego combina índices financieros, líneas financiera y comercial de hasta 15% y 10% del estimado, y ventas promedio mínimas del 60% del mismo. La acumulación puede limitar la participación; debe verificarse su proporcionalidad con el objeto y la capacidad necesaria para ejecutarlo.

““Línea financiera por el quince por ciento (15%) del valor estimado de la contratación y cinco por ciento (5%) si se trata de un proveedor certificado como MIPYME o una persona física.” … “estas deberán comprender un mínimo del 60% del valo”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

El cronograma prevé abrir las ofertas económicas junto con las técnicas

Documento del 21 jul 2026 · hace 2 meses

El cronograma ubica la apertura de los sobres A y B en el mismo acto, aunque el propio pliego describe una segunda etapa económica posterior a la evaluación técnica. La Ley establece que las ofertas económicas solo se abren después de la evaluación técnica final, lo que requiere verificar cuál secuencia rigió.

““Apertura simple de las Ofertas Técnicas “Sobre A”, ofertas económicas “Sobre B” y homologación-evaluación de muestras, si procede. 30 de julio del 2026 a las 2:00 pm””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · Ley 47-25, art. 122 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 122 — Fases de evaluación

Artículo 122.- Fases de evaluación. La evaluación de propuestas se realizará en las siguientes fases: 1) Fase de evaluación de la oferta técnica: En la cual se verificará el cumplimiento de los requisitos de calificación y de los requisitos o puntajes mínimos establecidos con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a los fines de ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Fase de evaluación de la oferta económica: En la cual se ponderarán las ofertas económicas de acuerdo con los criterios de evaluación previstos; y 3) Fase de adjudicación: En la cual se decidirá cuál es la propuesta más conveniente de los oferentes que resultaron habilitados luego de la fase…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego permite hasta 60 días para pagar cubicaciones

Documento del 21 jul 2026 · hace 2 meses

Se fija un plazo de hasta 60 días desde la certificación de la cubicación. La Ley prevé un máximo de 30 días desde que se genere la condición de pago y se presente el requerimiento; la diferencia afecta las condiciones de pago ofrecidas a los contratistas.

““Estos pagos se harán en un período no mayor de 60 días, a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el supervisor o responsable del contrato.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Penalidades y rescisión se activan con plazos breves prefijados

Documento del 21 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego prevé ejecución de garantías tras cinco días hábiles de retraso y rescisión unilateral tras diez, sin vincular esos efectos a las condiciones de mora y al umbral de penalidades previsto por la Ley. Corresponde revisar la compatibilidad y proporcionalidad de estos disparadores contractuales.

““Ejecución de las garantías. Por cinco (05) días hábiles de retraso por razones imputadas al proveedor, no consideradas de fuerza mayor. 3) Rescisión unilateral sin responsabilidad para la entidad contratante. Por diez (10) días hábiles de ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · Ley 47-25, art. 158 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora

Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 158 — Condiciones aplicables a la rescisión del contrato

Artículo 158.- Condiciones aplicables a la rescisión del contrato. Toda institución contratante que ejerza la potestad de recisión del contrato, sin perjuicio de lo establecido en la presente ley, deberá observar y aplicar las condiciones siguientes: 1) La rescisión del contrato deberá ser decidida por la máxima autoridad de la institución contratante; 2) La rescisión podrá ser declarada a iniciativa de la institución contratante, para lo cual se agotará el procedimiento previsto para el ejercicio de las potestades especiales o a solicitud del proveedor en los supuestos que lo habilitan al efecto; 3) La solicitud de rescisión comunicada por el proveedor deberá estar debidamente fundamentada…

A revisarHallazgo en documentos

El anticipo MIPYME queda sujeto a un plazo posterior al registro

Documento del 21 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego condiciona el anticipo MIPYME del 30% al registro del contrato y permite pagarlo dentro de los 30 días siguientes. La Ley dispone ese anticipo con la suscripción del contrato; conviene verificar que la condición y el plazo previstos no difieran de esa regla.

““En caso de que el adjudicatario se encuentre certificado como MIPYME, el avance otorgado será de un 30% del monto del contrato. Este pago se hará en un plazo no mayor de treinta (30) días luego del registro del contrato por parte de la Con”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ContextoHallazgo en documentos

Pliego exige mínimo tres certificaciones de obras pero su tabla puntúa también con dos o una

Documento del 21 jul 2026 · hace 2 meses

La sección de documentación técnica pide 'MÍNIMO tres (3) certificaciones de obras' de igual magnitud y naturaleza, mientras la tabla de puntuación del numeral 14.1.3.2 asigna 20 puntos por dos certificaciones y 15 por una, con un criterio que habla de 'al menos dos'. El pliego además contiene dos descripciones distintas de qué cuenta como obra de igual magnitud (la Nota B y la definición 17), lo que genera incertidumbre sobre la habilitación y la puntuación de los oferentes.

““Anexo al mencionado formulario debe presentar MÍNIMO tres (3) certificaciones de obras, emitidas por entidades públicas o privadas” … “El oferente ha presentado dos (2) certificación de experiencia en obras de igual magnitud y naturaleza e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (19)

  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 21 jul de 2026
  • MANUAL DE CONSTRUCCION INTERNO 20240202 (2).pdfDocumento · 21 jul de 2026
  • SNCC_C026_Contrato_Ejecucion_de_Obras.docxContrato · 21 jul de 2026
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal (2).docxDocumento · 21 jul de 2026
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal (1).docxDocumento · 21 jul de 2026
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista (1).docxDocumento · 21 jul de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica (1).docxDocumento · 21 jul de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 21 jul de 2026
  • SNCC_F036_Equipos_Oferente.docxDocumento · 21 jul de 2026
  • SNCC_F037_Personal_Oferente (1).docxDocumento · 21 jul de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (1).docxDocumento · 21 jul de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
SNCC_PCC_002_Accesibilidad_Universal.docx
Documento · 21 jul de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 21 jul de 2026
  • solicitud de compra CM-2026-0050.pdfSolicitud de compra · 21 jul de 2026 · 1 señal
  • acta de inicio CM-2026-0050.pdfPliego · 21 jul de 2026
  • Presupuesto limpieza VF.xlsxDocumento · 21 jul de 2026
  • ENMIENDA CAASD-DAF-CM-2026-0050.pdfEnmienda · 11 ago de 2026 · 2 señales
  • 7 ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 18 sept de 2026 · 1 señal
  • Informe final del portalDocumento · —