El pliego del proceso ASDN-DAF-CM-2026-0034 establece una contratación menor de obras en Santo Domingo Norte, con presupuesto total de RD$18,000,000, distribuido en dos partidas de RD$7,000,000 y RD$11,000,000. Fija como criterio de adjudicación el menor precio y establece la recepción y apertura de ofertas para el 24 de julio de 2026, tras la convocatoria del 20 de julio. Entre sus condiciones, prevé abrir en una etapa las ofertas técnicas y económicas, exige garantía de seriedad también a oferentes MIPYMES y permite subcontratar hasta el 50% sin limitarlo a subcontratistas MIPYMES.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego primero permite presentar la propuesta por vía electrónica o en papel, pero en la tabla de requisitos exige presentar la oferta tanto en memoria como en físico. Esa contradicción puede imponer una carga adicional o generar incertidumbre sobre el medio de presentación válido.
“De conformidad con el articulo 109 del Reglamento ndm. 52-26 los(as) oferentes deberin presentar sus propuestas por via electr6nica, a trav6s del SECP, o en formato papel ante la instituci6n contratante … Los oferentes deben I)resentar la”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 105 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 105 — Presentación de propuestas
Artículo 105.- Presentación de propuestas. Los oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, o en soporte físico. Párrafo I.- Deberá garantizarse la confidencialidad de las propuestas hasta el momento de su apertura, en la fecha y hora fijado por el pliego de condiciones. Párrafo II.- Las propuestas presentadas fuera del plazo fijado para su recepción se considerarán irrecibibles. Párrafo III.- Al momento de preparar los documentos que conforman sus propuestas técnicas y económicas, los oferentes deberán hacer constar en sus propuestas cuáles informaciones deben ser consideradas como confidenciales, con la…
El pliego califica el procedimiento como de etapa única e incluye la apertura de ofertas técnicas y económicas en la misma etapa. La Ley establece que las ofertas económicas no pueden conocerse hasta una fecha y hora distinta y posterior a la apertura y evaluación final de las ofertas técnicas; la regla del pliego debilita esa separación y la confidencialidad entre fases.
“Etapa dnica. 1a presentaci6n y recepci6n y apertura de las ofertas t6cnicas y las ofertas econ6micas Las ofertas podrin ser recibidas desde el dfa de publicada la convocatoria en el SECP hasta 24 de julio del 2026.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
Aunque el pliego indica que a una MIPYME se le exigiría una fianza de seguro, la incluye entre quienes deben constituir garantía de seriedad de oferta. La Ley dispone que no se requiere esa garantía para MIPYMES, por lo que la condición puede añadir una barrera de participación para estas empresas.
“P6liza de seguro a primer requerimiento por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta a presentar. Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo sera exigida la fianza de seguro”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego permite subcontratar hasta el 50% del monto de las tareas sin condicionar ese límite a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES. La Ley establece el máximo general de 45% y permite alcanzar 50% de manera especial cuando las empresas subcontratadas sean MIPYMES.
“El(la) contratista podri subcontratar la dyecuci6n de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorizaci6n de la instituci6n contratante de acuerdo con el numeral 2) del artic”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación
Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…
Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES
Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona