Resultados de adjudicación discordantes entre registros del proceso
· hace 2 meses
Esta acta adjudica el lote 1 a Virtocil y el lote 2 a Pinser; el resumen de otra acta del mismo proceso, con igual número y fecha, registra a Virtocil como adjudicataria de ambos lotes por RD$48,038,801.82. Además, el portal muestra contratos cancelados de Pinser por RD$19,142,566, cifra distinta de los RD$21,859,004.77 de esta acta; se requiere reconciliar qué decisión y monto quedaron vigentes, considerando que los registros del portal aparecen cancelados.
“Constructora Virtocil, SRL, por un monto de RD$ 26,317,760.39 por el lote 1 … Proyectos de Ingenieria y Servicios Pinser, SRL, por un monto de RD$ 21,859,004.77 por el lote 2”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 25 · Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 25 — Actos administrativos
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 125 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 125.- Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, aprueba, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, la relación de lugares ocupados y la recomendación de adjudicación de los peritos. Posteriormente, debe emitir el acta de adjudicación correspondiente. Párrafo I. El acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación debe ser publicada de forma íntegra, con todos sus soportes, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y notificarse directamente a todos los oferentes participantes. Párrafo II. Cuando se trate de un…