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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Acta

ACTA SIMPLE DE DESIERTO-CM-2026-0032.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARACIONES MENORES EN CENTROS CAIPI Y CAFI DEL INAIPI EN LA PROVINCIA DE SAN JUAN DE LA MAGUANA, DIRIGIDO A MIPYMES · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

Publicado el 17 jul de 2026Fechado el 15 jul de 20264 páginasEn el mensaje «Declaración de Proceso Desierto: INAIPI-DAF-CM-2026-0032»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAIPI-DAF-CM-2026-0032

Lo que dice

El acta, fechada el 16 de julio de 2026, declara desierto el proceso INAIPI-DAF-CM-2026-0032 porque los cuatro oferentes quedaron por debajo del mínimo de 50 puntos para habilitarse a la evaluación económica. Registra puntuaciones de 42, 22, 38 y 36 puntos; el portal informa ofertas por RD$53,000,000 para tres participantes y RD$55,300,000 para el cuarto, frente a un monto estimado de RD$53,000,000.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$53 millones

Tres ofertas registradas coinciden exactamente con el estimado

Documento del 17 jul 2026 · hace 2 meses

Según los datos del portal, ALVIN EDISON RAMIREZ LUCIANO, LESLY YENNIFER OGANDO TERRERO y PABLO ARIEL LAPAIX BELTRÉ ofertaron cada uno RD$53,000,000, exactamente el monto estimado; el cuarto ofertó RD$55,300,000. El acta registra a los cuatro participantes y declara desierto el proceso por la evaluación técnica, por lo que la coincidencia de precios merece verificarse como indicio sobre la competencia efectiva, sin que el acta consigne una adjudicación económica.

“Vista: Las ofertas presentadas por las empresas detalladas a continuación: 1. ALVIN EDISON RAMIREZ LUCIANO 2. JOSE MANUEL MERCEDES PANIAGUA 3. LESLY YENNIFER OGANDO TERRERO 4. PABLO ARIEL LAPAIX BELTRÉ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

El acta menciona documentación económica pese a excluir antes del Sobre B

Documento del 17 jul 2026 · hace 2 meses

En la motivación general, el acta dice que los oferentes no cumplieron con documentación «económica», pero luego funda la inhabilitación en puntajes técnicos y señala que no pasarían a la apertura del Sobre B. Esa diferencia deja por aclarar si se evaluó documentación económica antes de la fase prevista para ella o si la frase es una formulación genérica; el procedimiento legal organiza primero la evaluación técnica y luego la económica.

“Que el oferente ALVIN EDISON RAMIREZ LUCIANO, No cumple con toda la documentación legal, financiera, técnica y económica presentada en el pliego de condiciones, obteniendo una puntuación de 42/100 puntos... … NO HABILITAR: No describe todas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 122 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 122 — Fases de evaluación

Artículo 122.- Fases de evaluación. La evaluación de propuestas se realizará en las siguientes fases: 1) Fase de evaluación de la oferta técnica: En la cual se verificará el cumplimiento de los requisitos de calificación y de los requisitos o puntajes mínimos establecidos con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a los fines de ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Fase de evaluación de la oferta económica: En la cual se ponderarán las ofertas económicas de acuerdo con los criterios de evaluación previstos; y 3) Fase de adjudicación: En la cual se decidirá cuál es la propuesta más conveniente de los oferentes que resultaron habilitados luego de la fase…

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ContextoHallazgo en documentos

La falta de declaración jurada figura como motivo de inhabilitación

Documento del 17 jul 2026 · hace 2 meses

El acta consigna que Pablo Ariel Lapaix Beltré fue inhabilitado, entre otros motivos, por no depositar la declaración jurada sobre prohibiciones. La Ley dispone que los documentos relativos a la acreditación de requisitos de calificación son subsanables si el oferente cumplía el requisito al presentar la oferta; procede verificar si se ofreció esa posibilidad y si se cumplía la condición legal, sin que el acta permita determinarlo.

“NO HABILITAR: No depositó la Declaración Jurada Simple del oferente simple manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el Artículo 38 de la Ley Núm. 47-25.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

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ContextoHallazgo en documentos

No queda clara la escala de las puntuaciones consignadas

Documento del 17 jul 2026 · hace 2 meses

El acta presenta puntuaciones como 42/100 y, en la tabla, las denomina «PUNTUACIÓN TECNICA 2». El pliego citado en el expediente asigna 70 puntos a la documentación técnica 2; conviene aclarar la escala usada, aunque las cuatro puntuaciones que registra el acta son inferiores al mínimo de 50.

“obteniendo una puntuación de 42/100 puntos, siendo la mínima de 50 puntos... … | PUNTUACIÓN TECNICA 2 Puntuación mín. 50 puntos”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación

Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…

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Oferentes que registra (4)

4 no habilitado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
ALVIN EDISON RAMIREZ LUCIANOEl acta indica que no describió todas las especificaciones técnicas requeridas y obtuvo 42 puntos, menos del mínimo de 50.No habilitado—RD$53,000,000
JOSE MANUEL MERCEDES PANIAGUAEl acta indica que no describió todas las especificaciones técnicas requeridas, que el director de obra no acreditó la experiencia mínima de cinco años como colegiado y que obtuvo 22 puntos, menos del mínimo de 50.No habilitado—RD$55,300,000
LESLY YENNIFER OGANDO TERREROEl acta indica que no describió todas las especificaciones técnicas requeridas y obtuvo 38 puntos, menos del mínimo de 50.No habilitado—RD$53,000,000
PABLO ARIEL LAPAIX BELTRÉEl acta indica que no depositó la declaración jurada sobre las prohibiciones del artículo 38 de la Ley 47-25, que no describió todas las especificaciones técnicas requeridas, que la directora de obra no acreditó la experiencia mínima de cinco años como colegiado y que obtuvo 36 puntos, menos del mínimo de 50.No habilitado—RD$53,000,000

Otros documentos del proceso (19)

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  • D045_Curriculo_Personal (1).docxDocumento · 22 may de 2026
  • F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 22 may de 2026
  • D049_Experiencia_contratista (1).docxDocumento · 22 may de 2026
  • F 042 Formulario Informacion oferente.docxDocumento · 22 may de 2026
  • F033 OFERTA ECONOMICA.docxDocumento · 22 may de 2026
  • MEMORANDO.pdfDocumento · 22 may de 2026
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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