El acta, fechada el 16 de julio de 2026, aprueba el informe pericial y adjudica a Inverplata, S.A. el servicio por RD$1,067,786.32; registra a Agencia de Viajes Milena Tours, S.R.L. en segundo lugar. El documento identifica el evento como el XI Encuentro, aunque la descripción del proceso en el portal lo denomina IX.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$1,067,786.32, pero el portal registra un contrato modificado por RD$1,369,644 y un pago de RD$1,369,644.32. La diferencia de RD$301,857.68 entre lo adjudicado y lo pagado amerita verificar el alcance y respaldo de la modificación; el proceso figura sin lotes.
“• Inverplata, S.A., por un monto total de un millón sesenta y siete mil setecientos ochenta y seis pesos dominicanos con 32/100 (RD$1,067,786.32).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Ley 47-25, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Ley 47-25, artículo 133 — Formalización del contrato
Artículo 133.- Formalización del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte físico o formato digital, en las condiciones que establezca la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y deberán ajustarse al modelo que forma parte de los pliegos de condiciones, con las modificaciones aprobadas hasta el momento de la adjudicación. Párrafo I.- En las contrataciones efectuadas a través de órdenes de compras o de servicios, la formalización se producirá con la notificación realizada al adjudicatario. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley dispondrán los requisitos formales que deberán contener las órdenes de compras o de servicios.
El acta consigna la apertura de los sobres A y B el 14 de julio, antes de que conste la evaluación técnica definitiva del 16 de julio. La Ley establece que las ofertas económicas no pueden conocerse hasta una fecha distinta y posterior a la apertura y evaluación final de las ofertas técnicas; esto afecta la separación de etapas y la confidencialidad de precios.
“Que, en fecha catorce (14) de julio del año dos mil veintiséis (2026), a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), se procedió a la apertura de las propuestas, técnicas y económicas (sobres A y B) de los oferentes participantes: Agencia de…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · Reglamento 52-26, art. 119 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
Reglamento 52-26, artículo 119 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 119.- Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y aclaraciones y analizadas las ofertas técnicas, deben emitir el correspondiente informe definitivo de evaluación, que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe es remitido al Comité de Contrataciones Públicas o al responsable del procedimiento para su revisión y aprobación.
El documento adjudica el servicio para el XI Encuentro, mientras que la descripción del proceso y el objeto del portal lo identifican como el IX. Puede ser un error de denominación, pero conviene confirmar que la prestación adjudicada corresponde al evento y alcance convocados.
“el "SERVICIO DE ALQUILER DE SALON PARA EVENTO DEL XI ENCUENTRO DE LA RED DE SISTEMAS PUBLICOS DE ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACION DE ALIMENTOS DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE , Ref. INESPRE-DAF-CM-2026-”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El acta adjudica un servicio de alquiler de salón para un evento. El Decreto 51-26 restringe el arrendamiento de instalaciones privadas para actividades, salvo excepciones y autorización expresa; el acta no consigna esa autorización, que podría constar en otro documento del expediente.
“SEGUNDO: ADJUDICAR el proceso de contratación menor para el "Servicio de alquiler de salón para evento del XI Encuentro de la Red de Sistemas Públicos de Abastecimiento y Comercialización de Alimentos de América Latina y el Caribe", REF.…”
Qué dice la ley: Decreto 51-26, art. 2 · Decreto 51-26, art. 10 · con ChatLeyes
Decreto 51-26, artículo 2
ARTÍCULO 2. Las disposiciones del presente decreto aplican a los entes y órganos que conforman la Administración Pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo, esto es, la Administración Pública Central, la desconcentrada y los organismos autónomos y descentralizados, durante el año 2026. PÁRRAFO I. Este decreto no aplica a los demás poderes del Estado ni a los órganos de rango constitucional, en función del principio de separación de poderes. PÁRRAFO II. El Ministerio Administrativo de la Presidencia queda a cargo de articular los esfuerzos de todas las dependencias gubernamentales vinculadas a la aplicación de las disposiciones del presente decreto.
ARTÍCULO 10. Quedan prohibidos, salvo autorización expresa del Ministro Administrativo de la Presidencia, los compromisos de gastos originados por los conceptos siguientes: a) Fiestas, agasajos, recepciones, celebraciones u otras actividades de similar naturaleza, con excepción de las que realicen la Presidencia de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Turismo en honor a jefes de Estado, ministros, delegaciones oficiales o personalidades del mundo político, cultural, científico o comercial de otros países que visiten la República Dominicana. b) Donaciones o contribuciones en provecho de terceros o servidores públicos, salvo que las mismas formen parte del…
Oferentes que registra (2)
1 adjudicado · 1 suplente
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Inverplata, S.A.El acta aprueba la recomendación pericial y le adjudica el procedimiento; aparece en primer lugar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona