Única oferta económica abierta y adjudicación al monto estimado
· hace 2 meses
El acta registra tres oferentes inscritos, pero solo consigna la apertura de la oferta económica de Sigma. La adjudicación coincide exactamente con el monto estimado de RD$115,000,000 informado en el portal; esto merece verificar la oferta económica y la competencia efectiva en esa fase, aunque el acta no permite determinar por qué no se abrieron las ofertas de los otros participantes.
“Para este proceso se inscribieron tres (OJ) oferentes: 1.- PETROMOVIL, S.A., 2.- NEXT ../ ~ DOMINICANA_, S. A-.;::_y 3.- SIGMA PE;I'ROLEUM, CORP, S.A.S … procedió con la apertura de la oferta económjea, Sobre B, del oferente: SIGMA”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.