El acta, fechada el 14 de julio de 2026, adjudica los lotes 1 y 3 a Constructora Jiménez Méndez & Asoc., SRL, por RD$35,000,000 en conjunto, y el lote 2 a Constructora e Instalaciones Cromwell, SRL, por RD$18,000,000. Registra como no habilitados a Seamount Holdings, SRL y Selincil, SRL, con puntuaciones de 40/100 y 45/100, inferiores al mínimo de 50 puntos. El total adjudicado coincide con los RD$53,000,000 del presupuesto indicado en el acta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha del portal clasifica el proceso como “Por lotes: no”, mientras el acta distribuye la adjudicación entre los lotes 1, 2 y 3 por RD$20,000,000, RD$18,000,000 y RD$15,000,000, respectivamente. La discrepancia merece comprobarse en los registros publicados porque afecta la identificación y trazabilidad de las adjudicaciones parciales.
“A) Adjudicar el lote (1) al oferente Constructora Jiménez Méndez & Asoc. S.R.L. B) Adjudicar el lote (2) al oferente Constructora e Instalaciones Cromwell S.R.L. c) Adjudicar el lote (3) al oferente Constructora Jiménez Méndez & Asoc. S.R.L”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
El portal registra RD$53,000,000 para cada una de las cuatro ofertas, cifra idéntica al total de RD$53,000,000 consignado por el acta. La coincidencia exacta entre todas las ofertas y el presupuesto es un patrón de competencia que merece verificación; por sí sola no establece coordinación ni irregularidad.
“Vista: Las ofertas presentadas por las empresas detalladas a continuación; 1. SELINCIL,SRL 2. CONSTRUCTORA E INSTALACIONES CROMWELL, SRL 3. SEAMOUNT HOLDINGS, SRL 4. CONSTRUCTORA JIMÉNEZ MÉNDEZ & ASOC., SRL”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El proceso está dirigido a MIPYMES/MIPYMES mujer y el acta adjudica dos lotes a Constructora Jiménez Méndez & Asoc., SRL. El Registro de Proveedores consultado el 2026-09-28 indica que hoy no tiene condición MIPYME; ese dato posterior no establece su condición al ofertar, por lo que corresponde verificar la certificación vigente en la fecha de adjudicación.
“A) Adjudicar el lote (1) al oferente Constructora Jiménez Méndez & Asoc. S.R.L. c) Adjudicar el lote (3) al oferente Constructora Jiménez Méndez & Asoc. S.R.L.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 222 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Reglamento 52-26, artículo 222 — Reservas de contrataciones a MIPYMES
Artículo 222.- Reservas de contrataciones a MIPYMES. En adición a las establecidas en la Ley núm. 47-25, se aplican las siguientes reglas a los procedimientos de contratación reservados a proveedores que tengan la condición de MIPYMES o de MIPYMES dirigidas por mujeres: 1. El valor estimado del objeto contractual debe encontrarse dentro de rangos que, según el análisis correspondiente, sean típicamente accesibles para MIPYMES, considerando variables como la capacidad financiera promedio, los niveles de facturación según clasificaciones oficiales y el número de proveedores inscritos. 2. Pueden reservarse contratos destinados a satisfacer necesidades recurrentes en distritos municipales o…
Oferentes que registra (4)
2 no habilitado · 2 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Selincil, SRLEl acta consigna que no cumplió con toda la documentación requerida y obtuvo 45/100 puntos, por debajo del mínimo de 50. El portal registra una oferta de RD$53,000,000.
No habilitado
—
RD$53,000,000
Constructora e Instalaciones Cromwell, SRLEl acta consigna cumplimiento de los requisitos y una puntuación de 82/100; adjudica el lote 2. El contrato registrado en el portal asciende a RD$18,000,000.
Adjudicado
Lote 2
RD$18,000,000
Seamount Holdings, SRLEl acta consigna que no cumplió con toda la documentación requerida y obtuvo 40/100 puntos, por debajo del mínimo de 50. El portal registra una oferta de RD$53,000,000.
No habilitado
—
RD$53,000,000
Constructora Jiménez Méndez & Asoc., SRLEl acta consigna cumplimiento de los requisitos y una puntuación de 91.49/100; adjudica los lotes 1 y 3. El contrato registrado en el portal asciende a RD$35,000,000.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona