El informe justificativo, fechado el 20 de marzo de 2026, recomienda arrendar por 36 meses un local de aproximadamente 126 m² en Plaza Garrido para la Agencia Comercial Los Guaricanos. Identifica a Fernández Garrido, S.A.S. y consigna un monto total de RD$9,434,880, incluidos impuestos, equivalente a RD$241,920 mensuales; el monto contempla tres depósitos según el desglose del proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe recomienda selección directa y describe que el local evaluado cumple las necesidades, pero no expone por qué no era viable una convocatoria competitiva ni acredita que solo ese proveedor pudiera satisfacerlas. El artículo 163 exige motivación reforzada para esa vía; verificar si el expediente contiene sustento adicional.
“La decisión de optar por la selección directa debe estar respaldada en un informe justificativo con motivación reforzada, que explique por qué no resulta viable realizar el procedimiento de manera competitiva. ÚNICO: Realizar un procedimien”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
El desglose incorpora mantenimiento que incluye agua, electricidad, recogida de desechos, seguridad y disponibilidad de parqueos. El artículo 163 limita esta excepción al arrendamiento del inmueble y dispone que los servicios adicionales se contraten mediante procedimiento ordinario; conviene verificar si estos componentes son accesorios inseparables del alquiler o prestaciones diferenciadas.
“US$7.00 por metro cuadrado, por concepto de mantenimiento, el cual incluye … Suministro continuo de agua potable. • Suministro de energía eléctrica. • Disponibilidad de aproximadamente 153 parqueos. • Servicio de recogida de desechos”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
Fernández Garrido, S.A.S.El informe la identifica como propietaria del local y recomienda contratar el arrendamiento; este documento no contiene una adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona