El Acta núm. 251/2026, de 2026-07-07, aprueba el informe definitivo de evaluación económica y adjudica los cinco lotes del proceso INAPA-CCC-LPN-2026-0006 a Bio-cloro, Clermont Comercial, Foci, Vertice y Vaicorporation. Los montos adjudicados suman RD$179,223,457.92; el acta también registra un sorteo para desempatar ofertas en los lotes 2 y 3.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cuadro económico consigna para Vertice RD$17,159,351.04 y una diferencia aritmética de RD$311.04, mientras que la adjudicación fija RD$17,455,201.92. La diferencia entre el monto del cuadro y el adjudicado es RD$295,850.88, que no queda explicada por la corrección de RD$311.04 indicada en el acta; el monto contractual registrado en el portal coincide aproximadamente con el adjudicado, por lo que procede verificar la oferta original y la corrección aplicada.
“La oferta Presenta una diferencia aritmética de 311.04 Pesos por encima del monto ofertado … Siendo el monto adjudicado de Diecisiete Millones Cuatrocientos Cincuenta Y Cinco Mil Doscientos Un Peso Pesos Dominicanos Con 92/100 (RD$ 17,455”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 122 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 122 — Correcciones aritméticas y materiales
Artículo 122.- Correcciones aritméticas y materiales. La corrección de errores aritméticos o materiales puede ser aplicada por los peritos cumpliendo con los siguientes criterios: 1. Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, debe prevalecer la cantidad parcial y el total debe ser corregido. 2. Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, debe procederse de igual manera, esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales. 3. Si existiere una discrepancia entre letras y números, prevalece el monto expresado en letras. 4. Debe prevalecer la propuesta escrita, en cuyo caso debe…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El informe técnico identifica a Clermont entre los habilitados para los lotes 1, 2 y 3, pero el cuadro económico rotulado «Valor total de la Oferta» consigna RD$84,375,000. Ese mismo monto aparece en el reporte para el lote 1 por sí solo, a RD$45 por kg; el portal registra para Clermont una oferta total de RD$187,254,288. La inconsistencia merece cotejo con la oferta económica y el informe de evaluación antes de usar esos totales para reconstruir el orden de precios.
“CLERMONT COMERCIAL, S.R.L. Lote 1. Sulfato De Aluminio En Fundas De 25 O 50 Kgs Por 1,875,000.00 Lote 2. Sulfato De Aluminio En Fundas De 25 O 50 Kgs Por 1,125,000.00 Lote 3. Sulfato De Aluminio En Fundas De 25 O 50 Kgs Por 750,000.00 RDS 8”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · Ley 47-25, art. 124 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
Oferentes que registra (11)
5 no habilitado · 5 adjudicado · 1 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Careland Intercomercial, SRLRechazada e inhabilitada para apertura del Sobre B por no cumplir los requisitos del pliego.
No habilitado
—
RD$20,262,960
Inversiones Koralia, SRLRechazada e inhabilitada para apertura del Sobre B por no cumplir los requisitos del pliego.
No habilitado
—
RD$147,064,818
TMQ Dominicana, SARechazada e inhabilitada para apertura del Sobre B por no cumplir los requisitos del pliego.
No habilitado
—
—
Suplidora Hawaii, SRLHabilitada para la apertura del Sobre B en los lotes 1, 2 y 3; no resultó adjudicataria.
Habilitado
Lotes 1, 2 y 3
RD$176,250,000
Foci, SRLAdjudicada para el lote 3; el acta registra que cumplió los requerimientos del pliego.
Adjudicado
Lote 3
RD$33,750,000
Clermont Comercial, SRLAdjudicada para el lote 2 tras el desempate por sorteo; el acta registra que cumplió los requerimientos del pliego.
Adjudicado
Lote 2
RD$50,625,000
Vaicorporation, SRLAdjudicada para el lote 5; el acta registra que cumplió los requerimientos del pliego.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona