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Abriendo la ficha…

Debida diligencia

DEBIDA DILIGENCIA.pdf

CONTRATACIÓN DE SEGUROS TODO RIESGOS · Departamento Aeroportuario

Publicado el 7 jul de 2026Fechado el 4 jun de 20263 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso Dpto. Aeroportuario-CCC-CP-2026-0009

Lo que dice

El formulario de debida diligencia de NEXT DOMINICANA, S.A., fechado el 2026-06-05, identifica a Carlos José Rivas Vargas como gerente general y representante, y consigna el RNC. No registra una oferta, habilitación ni adjudicación en el proceso de seguros; declara como antecedentes de objeto similar dos compras de combustibles. Incluye una cláusula que prevé considerar hallazgos de debida diligencia e incumplimientos contractuales previos en la evaluación de ofertas.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Antecedentes declarados no parecen similares al objeto del proceso

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El formulario pide declarar contrataciones adjudicadas con el mismo objeto o similar, pero las dos consignadas son compras de combustibles, no seguros. Conviene verificar la pertinencia y exactitud de esos antecedentes; el formulario no indica que hayan servido para calificar a la empresa.

“Señale los procedimientos de compras o contrataciones adjudicados previamente con el mismo objeto de esta contratación o similar, si aplica. EDESUR-CCC-LPN-2024-0039 EDESUR Dominicana, S.A. Adquisición de Combustibles Gasolina, Diésel y Gas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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ContextoHallazgo en documentos

Porcentajes accionariales declarados no suman 100%

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

Los porcentajes consignados suman 99.91%, por lo que queda sin explicar un 0.09% de la participación accionaria. Es un dato a verificar para completar la identificación de la propiedad; el documento no permite concluir quién tendría esa participación.

“ARTURO SANTANA REYES 0.01% ORMAIN INVESTIMENTS 99.9%”
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ContextoHallazgo en documentos

Cláusula prevé considerar hallazgos en la evaluación sin precisar su método

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El formulario afirma que hallazgos de debida diligencia e incumplimientos previos se tendrán en cuenta al evaluar ofertas, pero no precisa aquí cómo se traducen en criterios objetivos. Conviene comprobar que cualquier efecto en la evaluación esté definido previamente en el pliego; el formulario por sí solo no acredita que se haya aplicado.

“Asimismo, tanto los hallazgos identificados durante el proceso de debida diligencia como los incumplimientos contractuales previos serán tomados en cuenta en la evaluación de las ofertas, a los fines de gestionar los riesgos procedentes de ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
NEXT DOMINICANA, S.A.Presenta formulario de debida diligencia; el documento no consigna oferta, habilitación ni adjudicación en este proceso.Mencionado——

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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