Publicado el 7 jul de 2026Fechado el 5 jul de 202647 páginasEn el mensaje «Acta Núm. 0045 - 2026 Aprobación de Informe Definitivo INABIE-MAE-PEUR-2026-0001 Polos y Pantalon»
El Acta núm. 0045-2026, de 2026-07-06, aprueba el informe definitivo de evaluación técnica del proceso de urgencia INABIE-MAE-PEUR-2026-0001. Habilita 68 oferentes para poloshirts y 71 para pantalones, y no habilita 31 y 39, respectivamente, para la apertura de las ofertas económicas; convoca dicha apertura para el 2026-07-07. También dispone remitir a la DGCP y otras autoridades los hallazgos de debida diligencia que ameriten esa actuación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El Comité dispone remitir a la DGCP y otras autoridades los hallazgos de debida diligencia; además, el acta consigna constataciones de alteración o manipulación documental en varias ofertas. La remisión y sus soportes ameritan revisión de los antecedentes y evidencia que sustentaron esas constataciones.
“ORDENA remitir a la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) y a las demás autoridades competentes, para los fines que correspondan dentro del ámbito desus respectivas atribuciones, los hallazgos derivados del proceso”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 116 · Ley 47-25, art. 220 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…
Ley 47-25, artículo 220 — Resultados de la investigación
Artículo 220.- Resultados de la investigación. Concluida la investigación el funcionario o los funcionarios instructores deberán presentar una recomendación al director general de Contrataciones Públicas para que tome una o varias de las decisiones siguientes: 1) Disponga el archivo del expediente por no haberse identificado las irregularidades denunciadas o estas no ser invalidantes; 2) Decida la suspensión del procedimiento de contratación ante la gravedad de las irregularidades identificadas; 3) Inicie un procedimiento administrativo sancionador cuando sean identificadas faltas del proveedor que tengan como consecuencia sanciones administrativas previstas en la presente ley; 4) Comunique…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina como condición de habilitación la presentación de un documento que informaba cantidades y estado del inventario disponible..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El acta fundamenta la excepción en una urgencia para confeccionar uniformes del período escolar 2026-2027 y cita un informe justificativo fechado el 2026-02-25. Por tratarse de una necesidad vinculada a un ciclo escolar previsible, conviene revisar cuándo se identificó la necesidad y qué circunstancias concretas e imprevisibles sustentaron acudir a urgencia; el documento no establece por sí solo que la urgencia fuese improcedente.
“VISTO: El Informe Pericial Justificativo emitido por la Dirección de Servicios Estudiantiles del INABIE, en fecha veinticinco (25) de febrero de 2026, contentivo de la justificación de la utilización del procedimiento de excepción por urgen”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 160 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 160 — Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia
Artículo 160.- Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia. En los casos de situaciones de urgencia, deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El procedimiento debe iniciar con una resolución motivada de la máxima autoridad de la institución, la cual debe sustentarse en un informe pericial que justifique el uso de la excepción. Esta resolución autoriza al Comité de Contrataciones Públicas a organizar, gestionar y ejecutar el procedimiento. 2. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 3.…
Oferentes que registra (136)
93 habilitado · 39 no habilitado · 4 rechazado en la debida diligencia
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
UNIMAG SRLCumplió los requisitos del ítem y superó muestras, visita técnica y debida diligencia.
Habilitado
Ítem 1 — Poloshirts
—
INDUSTRIA MONACO EIRLCumplió los requisitos del ítem y superó muestras, visita técnica y debida diligencia.
Habilitado
Ítem 1 — Poloshirts
—
ALTA COSTURA YINSIX SRLCumplió los requisitos del ítem y superó muestras, visita técnica y debida diligencia.
MARTROYLIN SRLCumplió los requisitos del ítem y superó muestras, visita técnica y debida diligencia.
Habilitado
Ítems 1 y 2
—
DOMAP TEXTIL SRLCumplió los requisitos del ítem y superó muestras, visita técnica y debida diligencia.
Habilitado
Ítems 1 y 2
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ANPITEXT, S.R.L.Cumplió los requisitos del ítem y superó muestras, visita técnica y debida diligencia.
Habilitado
Ítems 1 y 2
—
ANSELMO MERCADO SRLCumplió los requisitos del ítem y superó muestras, visita técnica y debida diligencia.
Habilitado
Ítems 1 y 2
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PUNTEX SRLCumplió los requisitos del ítem y superó muestras, visita técnica y debida diligencia.
Habilitado
Ítem 1 — Poloshirts
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M GONZALEZ Y CO SASCumplió los requisitos del ítem y superó muestras, visita técnica y debida diligencia.
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Consideraciones sustanciales excepcionalesOmisión de sello o firma del oferente en documentos emitidos por entidades certificadoras
El pliego requería los documentos correspondientes; el acta no reproduce una regla específica sobre la falta de sello o firma del oferente.
La falta de sello o firma se trata como omisión formal subsanable cuando la autenticidad proviene de la entidad emisora.
Relaja
Consideraciones sustanciales excepcionalesFotografías de áreas de producción y equipos
Se requerían fotografías como respaldo del Formulario de Capacidad Instalada.
La omisión de fotografías de áreas o equipos no impide habilitar cuando visitas, inspecciones o peritajes permiten constatar objetivamente instalaciones y maquinarias; se mantiene esencial la fotografía frontal del letrero para identificar la unidad productiva.
Relaja
Consideraciones sustanciales excepcionalesCarta o certificación de inventario de producto
El cuadro de no habilitación registra la falta de carta o certificación de inventario legalizada como motivo de incumplimiento técnico para algunos oferentes.
El acta dispone que su falta, por sí sola, no causa descalificación y que se consigne «no aplicable»; si se presenta, debe estar legalizada.
RelajaQuita un control: Se elimina como condición de habilitación la presentación de un documento que informaba cantidades y estado del inventario disponible.
Párrafo de la resolución segunda y terceraConformidad de medidas de las prendas
La habilitación técnica se basó en el cumplimiento de los requisitos y la evaluación de muestras conforme al pliego.
La habilitación se concede sin perjuicio de que determinados oferentes ajusten las medidas y de que INABIE verifique ese ajuste antes de recibir los bienes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
GRUPO TEJIDO URBANO, SRLLa visita registró máquinas no operativas y deterioradas, diferencias entre cantidades declaradas y existentes, falta de electricidad y de personal; producción diaria cero.
No habilitado
Ítems 1 y 2
—
SOSEKHO IMPORT, SRLIncumplimientos documentales y capacidad instalada cero consignados en el acta.
PAR MULTISERVICES, SRLIncumplimientos documentales legales, financieros y técnicos consignados en el acta.
No habilitado
Ítem 1 — Poloshirts
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MAQUILADORA TEXTIL SRLEl acta consigna muestras no conformes y pantalones con etiquetas sobrepuestas, además de contaminación biológica, defectos de terminación y desviaciones severas de medidas.
No habilitado
Ítem 1 — Poloshirts
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EKATEX SRLNo presentó oferta técnica ni formularios técnicos requeridos.
No habilitado
Ítem 2 — Pantalones
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SUPLILAT SRLNo presentó o subsanó lista de presencia y acta de la última asamblea general ordinaria anual.
No habilitado
Ítem 2 — Pantalones
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MULTISERVICIOS DIEFER SRLIncumplimientos financieros y técnicos; producción diaria calculada igual a cero.
TEX-FINAS IMPORTACIONES, SRLIncumplimientos documentales legales, financieros y técnicos; visita constató falta de equipos requeridos y producción diaria cero.
No habilitado
Ítem 2 — Pantalones
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JIMINIAN MARTINEZ, EIRLIncumplimientos legales, financieros y técnicos; números de serie no coincidían con las máquinas y producción diaria cero.
No habilitado
Ítem 2 — Pantalones
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INDUSTRIAS ARGOM, SRLIncumplimientos financieros y técnicos; visita consignó unidad productiva no operativa y producción diaria cero.
No habilitado
Ítem 2 — Pantalones
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CASSINI BLUE JEANS, SRLIncumplimientos financieros y técnicos; producción diaria calculada igual a cero.
No habilitado
Ítem 2 — Pantalones
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FLORIANO, SRLEl acta consigna práctica fraudulenta detectada en debida diligencia y recomienda rechazar la oferta.