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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación

ADJUDICACION_0001.pdf

CONTRATACION DE PERSONA FISICA Y/O JURIDICA PARA LA EXCAVACION Y REPARACION DE CAPA ASFALTICA (ASFALTO) TIPO BACHEO EN EL MUNICIPIO DE LA VEGA · Ayuntamiento Municipal Concepción de la Vega

Publicado el 7 jul de 2026Fechado el 17 jun de 20264 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.1989826»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AYUNTAMIENTO LA VEGA-CCC-CP-2026-0004

Lo que dice

El Comité de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento de La Vega adjudicó el lote 1 del proceso AYUNTAMIENTO LA VEGA/CCC/CP/2026/0004 a José Miguel Díaz Pablo por RD$5,940,000.00. El acta, fechada el 18 de junio de 2026, registra que fue el único oferente habilitado para la apertura económica y que su evaluación financiera fue «Cumple».

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.9 millones

Única oferta adjudicada por el monto estimado

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El acta identifica a un solo oferente y consigna una adjudicación de RD$5,940,000.00, igual al monto estimado registrado en el portal. Aunque esto no demuestra por sí solo una irregularidad, la concurrencia limitada y la adjudicación por el valor estimado justifican revisar la formación del precio y la competencia efectiva; el portal registra 100 proveedores notificados.

“LOTE | Oferentes/Proponentes | MONTO 1 | JOSE MIGUEL DIAZ PABLO | RD$ 5,940,000.00 ... LOTE (1), en este lote la oferta más conveniente fue presentada por el oferente JOSE MIGUEL DIAZ PABLO por un monto de CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENT”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentosRD$5.9 millones

Monto y estado de la oferta difieren entre acta y portal

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El acta adjudica a José Miguel Díaz Pablo por RD$5,940,000.00, mientras que el dato del portal suministrado registra su oferta en RD$0 y con estado «Cargada / Pendiente», aunque el proceso figura adjudicado y celebrado. El portal podría estar desactualizado; corresponde conciliar el registro electrónico con el acta y el expediente.

“En virtud de lo anteriormente establecidos el oferente cuya propuesta fue seleccionada como la más conveniente ha sido adjudicado mediante el presente acto por lo que la institución puede proceder con la realización de los contratos para lo”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 179 · Ley 47-25, art. 182 · Reglamento 52-26, art. 49 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas

Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 182 — Obligatoriedad del sistema

Artículo 182.- Obligatoriedad del sistema. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas será de uso obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y todas las actuaciones desarrolladas deberán ser debidamente publicadas en este. Párrafo.- La no publicación de una actuación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas podrá ser causa de aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en el artículo 222 de la presente ley, a menos que la institución contratante demuestre que dicho incumplimiento se produjo por una imposibilidad material justificada o fallas técnicas, o el proceso de…

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
José Miguel Díaz PabloEl acta lo identifica como la oferta más conveniente; registra que cumplió la evaluación financiera.AdjudicadoLote 1RD$5,940,000

Otros documentos del proceso (15)

  • ACTA DE INICIO_0001.pdfInforme pericial · 22 may de 2026
  • CONVOCATORIA_0001.pdfDocumento · 22 may de 2026
  • DICTAMEN_0001.pdfPliego · 22 may de 2026 · 1 señal
  • FONDOS_0001.pdfCertificación de fondos · 22 may de 2026
  • OFICIO_0001.pdfSolicitud de compra · 22 may de 2026 · 1 señal
  • compromiso-etico-de-proveedores (5) (1).docxDocumento · 22 may de 2026
  • declaracion-sencilla-persona-juridica (2) (1).docxDocumento · 22 may de 2026
  • declaracion-sencilla-personas-naturales (2) (1) (1).docxDocumento · 22 may de 2026
  • Formulario de presentacion oferta F.033 (5) (1) (2).docxDocumento · 22 may de 2026
  • Modelo Contrato Servicio.docxContrato · 22 may de 2026
  • SNCC F 042 Formulario Informacion oferente (5).docxDocumento · 22 may de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 49 — Responsabilidad institucional y supervisión

Artículo 49.- Responsabilidad institucional y supervisión. Las instituciones contratantes son responsables de la veracidad, exactitud y actualización de la información que registren en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El incumplimiento de las obligaciones de registro o publicación puede dar lugar a la aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en la ley, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o civiles que correspondan. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe ejercer funciones de monitoreo, control y asistencia técnica sobre el uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, y puede realizar auditorías informáticas…

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SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (6) (1).docx
Documento · 22 may de 2026
  • Pliego Servicios CP (1).pdfPliego · 22 may de 2026 · 6 señales
  • ENMIENDA_0001.pdfEnmienda · 29 may de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —