El pliego, fechado el 2 de julio de 2026, establece las condiciones de la Licitación Pública Abreviada ADN-CCC-LPA-2026-0002 para renovar licencias de software en tres lotes. Fija la recepción de ofertas para el 29 de julio y la adjudicación para el 26 de agosto de 2026; además, determina adjudicación por lote al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para la habilitación técnica se piden referencias de al menos cinco clientes satisfechos en soluciones similares y una carta directa del fabricante que certifique la condición de distribuidor oficial y la autorización de venta y soporte. Dado que se trata de licencias de varios fabricantes y la adjudicación es por lote, conviene revisar si esos requisitos son proporcionales y aplicables según el lote ofertado.
“Certificaciones sobre las Experiencia mínima en por lo menos de cinco (5) clientes satisfechos en la implementación de soluciones similares. 3 Certificación original del fabricante de la solución, donde se indique que el oferente es”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego remite a los artículos 15 y 14 de la Ley 47-25 para declaraciones y prohibiciones de participación. En el marco legal suministrado, las inhabilidades para contratar están reguladas en el artículo 38; las referencias erróneas pueden generar incertidumbre sobre el alcance de la verificación de elegibilidad.
“Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el artículo 15 de la Ley núm. 47-25 y sus modificaciones. No se encuentre afectada por el régimen ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
El cronograma fija la notificación de adjudicación para el 27 de agosto y la entrega de la garantía hasta el 2 de septiembre: cuatro días hábiles posteriores a la notificación, considerando el fin de semana. El Reglamento establece cinco días hábiles; el plazo del pliego puede reducir el tiempo disponible para formalizar la garantía.
“Notificación de adjudicación (artículo 126 Ley núm. 47-25). Jueves veintisiete (27) de agosto 2026 17. Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato Hasta el dos (02) de septiembre del 2026”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 206 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 206 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 206.- Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario debe constituir y presentar ante la institución contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. En el caso de licitaciones internacionales o de adjudicatarios extranjeros, el plazo es de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no se formaliza la garantía correspondiente, no puede generarse la orden de compra ni suscribirse el contrato, y la institución contratante puede ejecutar la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
El pliego exige a los oferentes una garantía de seriedad del 1% sin exceptuar a las MIPYMES. La Ley excluye expresamente esa garantía para ellas, por lo que el requisito puede imponerles una carga de participación que no corresponde.
“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego establece pagos hasta 45 días después de remitidas las facturas. La Ley fija un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento correspondiente; la diferencia merece revisión en las condiciones económicas del proceso.
“Estos pagos se harán en un período no mayor de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de que el proveedor remita las facturas de los bienes entregados.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Aunque contempla el anticipo del 30%, el pliego permite pagarlo hasta 30 días después de la firma. La Ley dispone que se otorgue con la suscripción del contrato, orden o servicio, sin necesidad de factura; conviene verificar que el plazo previsto no postergue ese derecho.
“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME el ADN procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será del treinta por ciento 30% del valor del Contrato y este pago se hará en un plazo no mayor de trein”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Según el portal, se registra una sola oferta, de PWA, EIRL, por RD$968,700, aunque el pliego contempla tres lotes y adjudicación por lote. Es un dato que merece revisión de la competencia efectiva; el estado del proceso en el portal es suspendido y el pliego no adjudica.
“La Adjudicación será por lote decidida a favor del o los Oferentes/Proponentes cuyas propuestas cumplan con los requisitos técnicos y legales exigidos en el presente pliego resultando CONFORME durante la evaluación técnica y legal y se deci”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona