El informe justificativo, fechado el 30 de junio de 2026, solicita aprobar la contratación directa de 25 espacios publicitarios en televisión, radio y medios digitales para el período del 27 de julio al 27 de septiembre, por RD$12,045,000. El documento identifica a los 25 proveedores y asigna montos individuales antes de la convocatoria del 7 de julio; según los datos posteriores del proceso, el mismo grupo y esos montos fueron adjudicados y contratados.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe fechado el 30 de junio identifica a 25 proveedores y asigna un monto total de RD$12,045,000 antes de la convocatoria del 7 de julio. Los datos posteriores del proceso registran a ese mismo grupo adjudicado y contratado por los montos incluidos en la relación, lo que amerita revisar cómo se desarrolló la selección y se contrastaron las ofertas.
““En tal sentido, se presenta la siguiente guía de 25 proveedores, los cuales representan medios idóneos en función de su alcance, cobertura, audiencia y afinidad con los públicos objetivos, conforme con la estrategia comunicacional, por un ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona