El pliego del proceso CODOPESCA-CCC-CP-2026-0003 establece la contratación simplificada de tickets de combustible por un valor referencial de RD$5,000,000.00. Fija la convocatoria para el 6 de julio de 2026 y la recepción de ofertas hasta el 14 de julio, además de requisitos técnicos, financieros y de cobertura para los oferentes. El texto dispone adjudicar según menor precio, aunque también incorpora el porcentaje de descuento y la cantidad de estaciones disponibles.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija un anticipo de 20% para un adjudicatario certificado como MIPYME, mientras que la Ley 47-25 establece un anticipo de 30% para las contrataciones con MIPYMES. La diferencia puede reducir el flujo anticipado previsto para proveedores que califiquen bajo esa condición.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11, que asciende a 10% de anticipo descrito en el este pliego para los proveedores que no son mipymes y a un 20% si se t”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego define el perfeccionamiento del contrato como posterior a su publicación y registro en Contraloría, mientras que la ley dispone que se perfecciona con su formalización. Esta diferencia puede generar incertidumbre sobre el momento en que nacen los efectos contractuales.
“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional del Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (CODOPESCA), en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles luego de su suscripción y, ademá”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
El pliego contempla hasta 60 días hábiles para el pago, frente al plazo máximo de 30 días que establece la ley desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento. La diferencia extiende el plazo previsto para recibir el pago contractual.
“La institución contratante procederá a realizar el pago total contra entrega de la factura en un tiempo no mayor de 60 días hábiles, a partir de la recepción del bien contratado y/o la factura.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Servicios Empresariales Canaan, SRLEl acta de adjudicación reseñada en el expediente la declara adjudicataria por cumplir los requisitos; oferta de RD$5,000,000.
Adjudicado
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RD$5,000,000
Next Dominicana, SAEl portal registra una oferta de RD$5,000,000 pendiente; el acta reseñada no consigna una decisión sobre esta oferta.
Mencionado
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RD$5,000,000
RV Diesel, SRLEl portal registra una oferta de RD$5,000,000 pendiente; el acta reseñada no consigna una decisión sobre esta oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona