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Pliego

PLIEGO DE TICKETS.pdf

ADQUISICION DE TICKETS DE COMBUSTIBLES PARA EL PERSONAL CON ASIGNACIONES Y ABASTESIMIENTO DE LA FLOTILLA VEHICULAR DE LA INSTITUCION · Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria

Publicado el 6 jul de 202621 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DASAC-CCC-CP-2026-0006

Lo que dice

El pliego del proceso DASAC-CCC-CP-2026-0006 establece una contratación simplificada para adquirir tickets de combustible, con presupuesto indicado como RD$5,500,000 y convocatoria prevista para el 6 de julio de 2026. Incluye requisitos de capacidad, condiciones de pago y reglas de evaluación; entre estas últimas aparecen criterios de adjudicación contradictorios y varias condiciones que merecen revisión por su efecto sobre la competencia y los controles.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (10)

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Condición de vigencia del ticket difiere de la solicitud previa

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

Este pliego establece vigencia de un año para los tickets; el resumen del requerimiento previo del proceso indica que se solicitaron sin fecha de vencimiento. La diferencia puede cambiar las condiciones económicas y de uso ofertadas, por lo que conviene verificar cuál requisito rige el procedimiento.

“1 | TICKETS DE COMBUSTIBLE (GASOLINA) DE 500 PESOS | UNIDAD | Vigencia: 1 año … 2 | TICKETS DE COMBUSTIBLE (GASOLINA) DE 1000 PESOS | UNIDAD | Vigencia: 1 año”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

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Requisito de estaciones en todas las cabeceras provinciales

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego exige estaciones en todos los municipios cabeceras de provincia y evidencia mediante coordenadas y fotografías en tiempo real. Para tickets de combustible, el alcance territorial exigido podría limitar significativamente la participación; corresponde verificar su relación y proporcionalidad respecto de las entregas requeridas.

“Certificación que garantice que el oferente cuenta con Estaciones de Combustible en todos los Municipios Cabeceras de Provincia, para ello deberá incluir coordenadas geográficas de cada Planta así como fotografías en tiempo real.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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Estados financieros auditados exigidos para dos ejercicios

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

Se solicitan estados financieros de 2024 y 2025 auditados o certificados por CPA o firma auditora para una compra estimada en RD$5,500,000. La exigencia puede elevar la carga de participación; corresponde verificar que sea proporcional al monto y naturaleza de la contratación y que no excluya oferentes capaces por un requisito excesivo.

“Estados Financieros de los últimos dos (2) ejercicios contables consecutivos (años 2024 y 2025), auditados o certificados por un Contador Público Autorizado (CPA) o firma auditora, los cuales serán utilizados para evaluar la salud financier”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Criterios de adjudicación contradictorios

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego dispone adjudicar por el mayor descuento porcentual, entregado en tickets adicionales, pero también identifica como criterio el menor precio. No queda claro cómo se compararán ambas medidas para determinar la oferta más conveniente, lo que puede incidir en el resultado.

“La Adjudicación se hará por ítem (s) de manera total o parcial y será decidida a favor del Oferente/Proponente (s) cuya propuesta (s) cumpla (n) con todos los requisitos técnicos y que ofrezca el mayor descuento en porcentaje. … El criterio”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 121 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio

Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.

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Plazo de 20 días para presentar garantía de fiel cumplimiento

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego fija un plazo de hasta 20 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, mientras que el Reglamento 52-26 establece cinco días hábiles para presentar la garantía y condiciona a ella la formalización contractual. La referencia del pliego al Reglamento 416-23 no coincide con el régimen aplicable a esta convocatoria de 2026.

“el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, de conformidad con el artículo 164 del Reglamento 416-23.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · Reglamento 52-26, art. 206 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

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Reglamento 52-26, artículo 206 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 206.- Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario debe constituir y presentar ante la institución contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. En el caso de licitaciones internacionales o de adjudicatarios extranjeros, el plazo es de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no se formaliza la garantía correspondiente, no puede generarse la orden de compra ni suscribirse el contrato, y la institución contratante puede ejecutar la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…

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Garantía de seriedad exigida sin excepción expresa para MIPYMES

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego incorpora la garantía de seriedad entre los documentos de la oferta económica sin indicar una excepción para oferentes MIPYMES. La Ley dispone que no se requiere esta garantía para las MIPYMES, por lo que conviene verificar cómo se aplicaría la regla a quienes tengan esa condición.

“Garantía de la Seriedad de la Oferta, con los requisitos y condiciones establecidos en el numeral 11.2 literal d correspondiente al título de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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Pago previsto entre 45 y 60 días tras recibir las facturas

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego prevé pagos entre 45 y 60 días después de recibidas las facturas. La Ley establece un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago prevista y se presenta el requerimiento; esta diferencia puede trasladar al proveedor una carga financiera mayor.

“Los pagos se realizarán de cuarenta y cinco (45) a sesenta (60) días después de la recepción de las facturas, a menos que ocurran retrasos en la tramitación administrativa de los pagos por faltas propias de los suplidores contratados, en cu”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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Restricción por socios coincidentes entre empresas

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

Además de impedir la participación múltiple de una misma persona, el pliego obliga a empresas distintas que compartan algún socio a participar únicamente con una de ellas. Esa prohibición alcanza a sociedades diferentes aunque el mismo socio no presente ofertas múltiples por sí mismo; conviene revisar su justificación y alcance frente a la regla legal de multiplicidad de participación.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

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Indicación de vía de recurso ante jurisdicción civil municipal

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego indica una vía contencioso-administrativa municipal ante un juzgado de primera instancia en atribuciones civiles. La Ley contempla la vía contencioso-administrativa y también establece que los recursos administrativos pueden ser optativos; conviene verificar que la orientación ofrecida no induzca a error sobre el órgano competente.

“interpondrá un recurso contencioso administrativo municipal por ante el juzgado de primera instancia en atribuciones civiles del municipio.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 210 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 210 — Carácter optativo de los recursos administrativos

Artículo 210.- Carácter optativo de los recursos administrativos. Los recursos administrativos previstos en la presente ley tendrán carácter optativo, por lo que el interesado podrá en todo caso acudir directamente a la vía contenciosa administrativa. Párrafo.- La elección de la vía jurisdiccional hará perder la administrativa; pero la interposición del recurso administrativo no impedirá desistir del mismo en cualquier estado a fin de promover la vía contenciosa, ni impedirá que se interponga el recurso contencioso administrativo una vez resuelto el recurso administrativo o transcurrido el plazo para decidir.

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ContextoHallazgo en documentosRD$5.2 millones

Una sola oferta figura registrada en el portal

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

Según los datos del portal suministrados, PETROMOVIL, S.A. es la única oferta registrada, aunque constan 3,760 proveedores notificados. La oferta aparece pendiente, por lo que esto no acredita adjudicación ni permite concluir que no hubo otras ofertas por vías o registros aún no reflejados; es un dato de concurrencia a verificar.

“CONTRATACIÓN SIMPLIFICADA”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
PETROMOVIL, S.A.El portal registra su oferta como «Cargada / Pendiente»; el pliego no consigna una decisión de habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$5,225,000

Otros documentos del proceso (11)

  • Compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 5 jun de 2026
  • Formulario Debida Diligencia Proveedores.docxDebida diligencia · 5 jun de 2026
  • SNCC F033 Of Economica 033.docxDocumento · 5 jun de 2026
  • SNCC F034 Presentación de Oferta.docxDocumento · 5 jun de 2026
  • SNCC F042 Información Sobre el Oferente.docxDocumento · 5 jun de 2026
  • SNCC F056 Formulario de Entrega de Muestras.docxDocumento · 5 jun de 2026
  • REQUERIMIENTO TICKETS COMBUSTIBLES.pdfPliego · 3 jul de 2026
  • SOLICITUD DE TICKETS.pdfSolicitud de compra · 3 jul de 2026 · 1 señal
  • RESOLUCION ADMINISTRATIVA TICKETS.pdfInforme pericial · 3 jul de 2026
  • PLIEGO CONTRATACIÓN SIMPLIFICADA Ticket combustible Completa.pdfPliego · 14 jul de 2026 · 3 señales
  • RESOLUCION QUE CANCELA PROCESO CP-2026-0006.pdfResolución · 7 ago de 2026 · 1 señal

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

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Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

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