El pliego establece las bases para contratar por contratación simplificada el mantenimiento preventivo y la limpieza profunda de los aires acondicionados de la Sede Central de la DGA, con un presupuesto referencial de RD$5,144,328.00. Prevé tres mantenimientos durante un año, recepción de ofertas el 15 de julio de 2026 y adjudicación programada para el 20 de octubre de 2026; la selección se plantea por cumplimiento técnico y menor precio global.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La habilitación combina estados financieros de dos períodos, auditados o certificados por CPA, con solvencia y liquidez de al menos 1.00, capital de trabajo positivo y endeudamiento inferior a 1.50. La acumulación de condiciones puede restringir la concurrencia en un contrato estimado en RD$5,144,328.00; procede verificar que cada umbral esté justificado y sea proporcional.
“Límite establecido: igual o mayor a 1.00 Límite establecido: igual o mayor a 1.00 Mayor o igual que > 1.00 (Cumple) Menor que < 1.00 (No cumple)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El cronograma sitúa la adjudicación y su notificación el 20 de octubre de 2026, y la firma del contrato el 10 de noviembre de 2026. Ese intervalo excede el máximo de diez días hábiles previsto para suscribir el contrato desde la notificación de la adjudicación.
“20/10/2026 16. Adjudicación … 20/10/2026 17. Notificación de adjudicación … Suscripción del(los) contrato(s) y emisión I '^'’ojrdenes de compra 10/11/2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
Para un servicio de mantenimiento de aires acondicionados, el pliego exige acreditar al menos cinco años de experiencia y presentar un mínimo de tres contratos, facturas u órdenes de servicios similares. El requisito puede limitar la participación de proveedores con capacidad técnica pero menor antigüedad; corresponde verificar su proporcionalidad con el objeto y el valor estimado.
“El Oferente deberá de presentar documentos que demuestre contar con experiencia mínimo de cinco (05) años, los cuales pueden ser contratos, facturas, orden de compra de servicios iguales o similares a lo solicitado en este proceso (mínimo 3”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El pliego fija la vigencia de la garantía de seriedad hasta el 27 de octubre de 2026, pero programa la firma del contrato para el 10 de noviembre de 2026. Si esas fechas se mantienen, la garantía podría vencer antes de la suscripción, aunque el propio pliego dispone que debe cubrir hasta después de la fecha prevista para firmar.
“18. Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato 27/10/2026 … Suscripción del(los) contrato(s) y emisión I '^'’ojrdenes de compra 10/11/2026”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Aunque reconoce el anticipo del 30% para adjudicatarios MIPYME, el pliego permite pagarlo hasta treinta días hábiles después de la firma y de la certificación del contrato. La regla legal dispone el anticipo con la suscripción; conviene verificar que el plazo y las condiciones previstas no difieran su entrega respecto de esa regla.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) en caso de estar certificado MIPYME, como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 10 Sección III, asciende a 30 % de anticipo descrito en el este pliego para los pro”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Las especificaciones incluyen reparación de fugas, recarga de gas y sustitución o reparación de sensores y tarjetas electrónicas, pero en el texto citado no se cuantifican esas prestaciones ni se distingue su precio del mantenimiento global. Como el criterio de adjudicación es el menor precio global, conviene comprobar cómo se cotizarán, compararán y autorizarán esos trabajos variables.
“Reparación de fugas y recarga de gas ^ Sustitución de sensores de temperatura o termistores (Si lo amerita) 3 Reemplazo o reparación de la tarjeta electrónica … El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El pliego impide que participen simultáneamente empresas que coincidan en cualquier socio o accionista y exige que elijan una sola, sin distinguir el porcentaje de participación, el control efectivo ni si existe una misma persona presentando múltiples ofertas. La restricción puede excluir a empresas jurídicamente distintas y merece revisión frente a la prohibición legal, referida a la multiplicidad de participación de una misma persona.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona