El pliego del proceso ASDN-DAF-CM-2026-0029 establece una contratación menor de obras, dirigida al municipio Santo Domingo Norte, dividida en dos lotes por RD$2,815,399.00 y RD$6,500,000.00, para un total estimado de RD$9,315,399.00 con ITBIS. Fija la convocatoria para el 6 de julio de 2026, la recepción y apertura para el 10 de julio y la adjudicación para el 17 de julio. También establece un plazo de ejecución de 30 a 90 días y contiene requisitos de participación, evaluación, garantías y contratación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego denomina el acto como apertura de las ofertas técnicas y económicas y programa para la misma hora la evaluación del contenido de ambas. Esto genera una contradicción con la regla de que las ofertas económicas se abran después de la evaluación técnica definitiva; conviene verificar cómo se ejecutó la apertura.
“Etapa iinica. Ia presentaci6n y recepci6n y apertura de las ofertas t6cnicas y las ofertas econ6micas Las … Apertura, verificaci6n, validaci6n y evaluaci6n del coutenido de … las Ofertas T6cnicas "Sobre A" y Ofertas econ6micas "Sobre 8”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas
Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
El pliego afirma que no podrán participar personas físicas que pertenezcan a instituciones públicas y tengan alguna relación o sean propietarias de cuotas sociales en empresas oferentes, sin limitarlo a los supuestos y vínculos definidos en la ley. Esa formulación puede excluir participantes más allá de las inhabilidades legales y merece revisión.
“La debida diligencia obliga a identificar a todas las personas fisicas que pertenezcan a entes, 6rganos o instituciones ptiblicas y tengan alguna relaci6n o sean propietarias de cuotas sociales en las empresas que participen en proceso de c”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
El pliego exige garantía de seriedad del 1% a los oferentes y solo permite que una MIPYME la presente como fianza de seguro, en vez de eximirla. La ley establece que no se requiere esa garantía para MIPYMES, por lo que la condición puede añadir una barrera de participación para ese grupo.
“Con la finalidad de garantizar que los(as) oferentes y eventuales adjudicatarios no retiren sin causa justificada las ofertas presentadas en el procedimiento de selecci6n y para proteger a la AYUNTAMIEI`ITO SANTO DOMING0 NORTE (ASDN) ante d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego permite subcontratar hasta el 50% del monto de las tareas, pero no condiciona ese porcentaje a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES. La ley fija un máximo general de 45% y contempla hasta 50% de manera especial cuando las subcontratadas son MIPYMES.
“El¢a) contratista podra subcontratar la ejecuci6n de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorizaci6n de la instituci6n contratante de acuerdo con el numeral 2) del articu”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación
Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…
Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES
Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
El pliego exige que el RPE registre simultáneamente las clases de mantenimiento de parques y construcción de aceras o bordillos, aunque permite ofertar por lote. La exigencia conjunta puede restringir la participación en un lote cuyo objeto no requiera ambas actividades; corresponde verificar su justificación técnica.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Direcci6n General de Contrataciones Pdblicas, debe tener inscrita, conforme a la codificaci6n UNSPSC la actividad comercial clase - - Servicios de administraci6n o mantenimiento de pa”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona