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Estudio previo

INFORME_ESTUDIOS_PREVIOS_INDOTEL-CCC-CP-2026-0008_260330_093002_signed.PDF

SUMINISTRO, SOPORTE Y MANTENIMIENTO DE SOLUCIÒN DE SEGURIDAD DE APLICACIONES (APPSEC) PARA LA AUDITORIA TECNICA DE LA LEY NÙM. 126-02, SELLO DE CONFIANZA Y ACTIVOS DIGITALES DEL INDOTEL · Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones

Publicado el 3 jul de 20266 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INDOTEL-CCC-CP-2026-0008

Lo que dice

El informe de estudios previos, fechado en marzo de 2026, justifica adquirir una plataforma SaaS para análisis de seguridad de aplicaciones y estima el costo en RD$5,600,000. Describe licencias para 10 desarrolladores y un año de soporte y mantenimiento, además de requisitos técnicos, certificaciones y garantías. Sin embargo, identifica el proceso como una excepción por proveedor único, mientras que el portal registra una convocatoria ordinaria por comparación de precios.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$5.6 millones

El estudio identifica una excepción que no coincide con la modalidad registrada

Documento del 3 jul 2026 · hace 3 meses

El informe denomina el proceso una excepción por proveedor único, pero el portal registra el proceso como ordinario por comparación de precios. La diferencia amerita verificar qué modalidad se aprobó y si la referencia a proveedor único es un texto de plantilla o incidió en la preparación y aprobación del procedimiento; por sí sola, esta mención no establece que se haya aplicado la excepción.

“Para el proceso de excepción por proveedor único INDOTEL-CCC-CP-2026-0008”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 149 · Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 149 — Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva

Artículo 149.- Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva. Las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25 solo pueden aplicarse en los casos y supuestos taxativamente establecidos, los cuales deben ser entendidos de manera estricta y nunca por analogía o interpretación extensiva.

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.

Ver todos los detalles →

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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