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Abriendo la ficha…

Pliego

2. Pliego de condiciones estandar de Obras.pdf

TERMINACION CENTRO COMUNAL CRUCE DE ESPERANZA · Ayuntamiento Municipal de Esperanza

Publicado el 2 jul de 2026Fechado el 23 jun de 202651 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AME-DAF-CM-2026-0001

Lo que dice

El pliego, fechado el 24 de junio de 2026, establece las bases para terminar el Centro Comunal Cruce de Esperanza, con un presupuesto referencial de RD$7,624,404.09 y un lote único. Fija la recepción de ofertas para el 9 de julio de 2026 y contiene requisitos de experiencia, capacidad financiera, equipo y personal, además de criterios de evaluación y condiciones de pago. Según la información aportada del portal y de otros documentos, el proceso fue cancelado mediante acta del 6 de julio de 2026.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (9)

A revisarHallazgo en documentosRD$7.6 millones

Experiencia mínima exigida supera el presupuesto referencial

Documento del 2 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego exige a la empresa experiencia en tres proyectos de aproximadamente RD$10,000,000.00 cada uno y al residente experiencia en una obra de monto similar, mientras el presupuesto de este contrato es RD$7,624,404.09. La diferencia merece revisar si las exigencias están justificadas y son proporcionales al objeto.

“Presentar evidencia de experiencia en mínimo tres (3) proyectos ejecutando obras civiles de un monto aproximado a RD$10,000,000.00. … Experiencia profesional del Personal Principal (SNCC.D.048) y certificaciones de experiencia de al menos h” (págs. 23-25)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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A revisarHallazgo en documentos

Criterio de menor costo sin metodología de ciclo de vida identificable

Documento del 2 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego establece adjudicación basada en menor costo, pero el fragmento no identifica los costos de ciclo de vida que se medirían ni una metodología para compararlos; también incluye una referencia a elementos objetivos diversos sin indicar su ponderación. La falta de precisión puede dificultar que los oferentes anticipen cómo se determinará la oferta más conveniente.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es: adjudicación basada en menor costo. … la selección de la oferta más conveniente deberá ser el resultado de la comparación de t” (págs. 26-27)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 120 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Ley 47-25, artículo 120 — Menor costo

Artículo 120.- Menor costo. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor costo, la institución contratante adoptará como el criterio de evaluación el de menor costo atendiendo al ciclo de vida; a fin de calcular el costo del ciclo de vida, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: 1) Los costos relativos a la adquisición; 2) Los costos de utilización, como el consumo de energía y otros recursos; 3) Los costos de mantenimiento; 4) Los costos de final de vida, como los costos de recogida y reciclado; 5) Los costos imputados a externalidades ambientales vinculadas a los bienes, servicios u obras durante su ciclo de vida, bajo la condición de que su valor…

A revisarHallazgo en documentos

Alcance de la regla de no subsanabilidad técnica es ambiguo

Documento del 2 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego rotula la documentación técnica como «No subsanable», aunque entre los requisitos relacionados con capacidad y experiencia hay documentos de acreditación que la Ley considera subsanables si el oferente cumplía el requisito al presentar la oferta. La redacción puede generar incertidumbre sobre qué omisiones conllevarían exclusión.

“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable]” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

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A revisarHallazgo en documentos

Fórmulas de evaluación financiera redactadas de forma contradictoria

Documento del 2 jul 2026 · hace 3 meses

Los límites y comparadores de los índices financieros no son consistentes: por ejemplo, para endeudamiento se indica simultáneamente «Menor 1.50» y expresiones opuestas para determinar si cumple. Esta redacción deja incierto el umbral aplicable y puede dar lugar a evaluaciones distintas entre oferentes.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)” (pág. 21)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

A revisarHallazgo en documentos

Condiciones de ubicación de la obra no coinciden dentro del pliego

Documento del 2 jul 2026 · hace 3 meses

Los antecedentes sitúan la intervención en el Distrito Municipal de La Entrada, mientras la sección de ejecución indica como lugar el Palacio Municipal de Esperanza. La discrepancia puede afectar la identificación del sitio, las visitas y la estimación de logística y costos.

“En el Distrito Municipal de La Entrada requiere de una ampliación importante ya que las necesidades de la población así lo ameritan, entre las ampliaciones se incluye la TERMINACION CENTRO COMUNAL CRUCE DE ESPERANZA para el desempeño de act” (pág. 4)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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A revisarHallazgo en documentos

Porcentaje y plazo del anticipo presentan inconsistencias

Documento del 2 jul 2026 · hace 3 meses

Una sección prevé anticipo de 30% para MIPYMES y pago dentro de 30 días desde la firma; otra dice que el anticipo será 20% y luego consigna para MIPYMES «veinte por ciento (30%)», además de fijar un plazo de 15 días. La ambigüedad afecta una condición económica relevante, aunque la ley establece un anticipo de 30% para MIPYMES.

“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, por concepto de avance recibirán el veinte por ciento (30%).” (pág. 35)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Especificación técnica menciona la marca General Electric

Documento del 2 jul 2026 · hace 3 meses

La partida del panel de distribución lo identifica por tipo General Electric y no incluye en ese pasaje la expresión «o equivalente». Esto puede restringir las soluciones admisibles; corresponde verificar si la marca es indispensable para describir la necesidad técnica.

“Panel de Distribución tipo General Electric de (PA), 12/18ctos., 1F, 120/240v, compuesto por: 8 Breakers. De 20Amp” (pág. 6)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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A revisarHallazgo en documentos

Certificaciones de sostenibilidad e integridad como requisito habilitante

Documento del 2 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego incorpora como requisitos técnicos evaluados cumple/no cumple certificaciones de prácticas de sostenibilidad y de un sistema de gestión antisoborno. Su carácter habilitante puede limitar la participación de empresas que no posean esas certificaciones; conviene verificar su proporcionalidad y relación directa con esta obra.

“Presentar certificación que acredite al menos una de esas prácticas. (IQNet SR10 Gestión de la responsabilidad social y estándar SA 8000 Social Accountability International (SAI) o certificación equivalente. … Presentar certificación que la” (pág. 23)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

ContextoHallazgo en documentos

Retenciones y deducciones de pagos no se delimitan con claridad

Documento del 2 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego contempla una retención de 15% de cada pago y menciona además una retención para supervisión sin porcentaje concreto, junto con otra de 5% para personal técnico residente. La posible acumulación y base de estas deducciones merece aclaración porque incide en el flujo de pago que deben considerar los oferentes.

“Ayuntamiento Municipal de Esperanza podrá retener un Quince (15%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, … La Ayuntamiento Municipal de Esperanza podrá r” (págs. 35-36)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Otros documentos del proceso (14)

  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 25 jun de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 25 jun de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 1 jul de 2026 · 1 señal
  • Volumetria.xlsxDocumento · 1 jul de 2026
  • CONVOCATORIA LICITACION.pdfDocumento · 1 jul de 2026
  • Acta de Aprobacion de las bases.pdfPliego · 2 jul de 2026 · 1 señal
  • Acta de aprobacion de modalidad.pdfInforme pericial · 2 jul de 2026 · 1 señal
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 2 jul de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 2 jul de 2026
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 2 jul de 2026
  • SNCC_F036_Equipos_Oferente.docxDocumento · 2 jul de 2026
  • SNCC_F035_Soporte_Tecnico.docx

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

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Documento · 2 jul de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 2 jul de 2026
  • RECURSO DE CANCELACION.pdfReconsideración · 6 jul de 2026 · 1 señal