La ficha técnica define el alcance de un ERP/CRM institucional basado en Odoo, con módulos financieros, comerciales, administrativos y operativos, chatbot e integraciones. Establece 500 licencias por 12 meses, 500 horas adicionales de desarrollo, 500 horas de programación directa con Odoo Inc. y 450 horas postimplementación asignadas por el contratista; además, fija 18 meses de soporte y mantenimiento y componentes de nube por 24 meses.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha exige que el oferente sea partner directo de Odoo y presente una carta del fabricante que certifique experiencia en implementaciones altamente personalizadas. Es una condición ligada a una relación específica con el fabricante; conviene verificar su proporcionalidad y el efecto sobre la concurrencia.
“El proveedor deberá ser socio directo (partner) de Odoo, a fin de garantizar el respaldo y soporte oficial del fabricante, Esta relación deberá ser comprobada mediante una carta firmada por Odoo, en la cual también se certifique la experien”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Esta ficha consigna 500 horas adicionales de desarrollo y, por separado, 500 horas directas con Odoo Inc. más 450 horas del contratista para uso postimplementación. La Circular No. 1, según el resumen del expediente, describe 300 horas de programación para el proyecto, independientes de las 150 horas de integraciones; las diferencias podrían corresponder a fases distintas, pero la asignación y el costo de cada bolsa requieren conciliación para comparar las ofertas.
“Se requiere una inversión de 500 horas de desarrolla adicionales en la pistaforma Odoo para cubrir adecuadamente las necesidades de INAPA. ... Se requieren 500 horas de programadores de Odoo (directas con Odoo Inc.) para ser usadas postimpl”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona