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Abriendo la ficha…

Pliego

ADN-CCC-LPA-2026-0001-Pliego de Condiciones-SERVICIO DE MONTAJE DE EVENTO ACTIVIDAD PLASTICOS POR UTILES ESCOLARES.pdf

SERVICIO DE MONTAJE DE EVENTO ACTIVIDAD PLASTICOS POR UTILES ESCOLARES 2026 · Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN)

Publicado el 30 jun de 2026Fechado el 25 jun de 202628 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ADN-CCC-LPA-2026-0001

Lo que dice

El pliego, fechado el 26 de junio de 2026, establece las condiciones de la Licitación Pública Abreviada ADN-CCC-LPA-2026-0001 para el montaje del evento “Plásticos por Útiles Escolares 2026”, en lote único y con monto estimado de RD$8,000,000 según el portal. Fija la recepción de ofertas hasta el 22 de julio y la adjudicación para el 14 de agosto de 2026. Incluye requisitos técnicos, financieros y de garantías, así como reglas de pago, evaluación y desempate que ameritan revisión.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Pago previsto a 45 días y anticipo MIPYME hasta 30 días después

Documento del 30 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego fija pagos hasta 45 días desde la remisión de facturas, frente al máximo legal de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento. Además, prevé pagar el anticipo MIPYME dentro de los 30 días posteriores a la firma, aunque la ley dispone el anticipo con la suscripción; también anuncia descalificar ofertas que no se ajusten a esas condiciones.

“Estos pagos se harán en un período no mayor de cuarenta y cinco (45) días contados a partir … de que el proveedor remita las facturas de los bienes entregados … el ADN procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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A revisarHallazgo en documentos

Garantía de seriedad exigida sin excepción para MIPYMES

Documento del 30 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego exige una garantía de seriedad del 1% a los oferentes sin exceptuar a las MIPYMES. La Ley 47-25 establece que a estas no se les requiere esa garantía, de modo que el requisito puede imponerles una carga de participación que la ley excluye.

“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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A revisarHallazgo en documentos

Inspección condicionada a tener disponibles los bienes requeridos

Documento del 30 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego indica que durante la visita los participantes deben tener lo requerido en el formulario. Al tratarse de un montaje con numerosos equipos y estructuras, exigir su disponibilidad física en la visita puede limitar la participación de proveedores que podrían obtenerlos mediante alquiler o subcontratación autorizada; conviene comprobar la justificación y el alcance del formulario de visita.

“El ADN realizara visita de inspección a las instalaciones de los participantes los cuales al momento de la visita deben tener lo que se requiere en el formulario de visita el cual estáٞ anexo.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

A revisarHallazgo en documentos

Desempate previsto directamente mediante sorteo

Documento del 30 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego establece el azar como mecanismo de desempate. El Reglamento 52-26 prevé primero criterios de preferencia vinculados a inclusión y sostenibilidad; el sorteo procede si no hay ofertas que los presenten o si el pliego no indica un criterio de desempate.

“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá con la adjudicación mediante una selección al azar, tipo sorteo”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas

Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…

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Prohibición extendida a empresas que compartan accionistas

Documento del 30 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego prohíbe que participen simultáneamente empresas que coincidan en alguno de sus socios o accionistas. Esa regla amplía la prohibición legal de multiplicidad de participación, que se refiere a la misma persona física o jurídica y a integrantes de consorcios; la extensión puede excluir ofertas de sociedades distintas por la sola coincidencia accionaria.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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ContextoHallazgo en documentos

El objeto de servicio se vincula a un modelo de suministro de bienes

Documento del 30 jun 2026 · hace 3 meses

El procedimiento se define como un servicio de montaje, pero el listado de anexos identifica un modelo de contrato de suministro de bienes y las reglas de pago y recepción también describen entregas de bienes. La diferencia entre la naturaleza del objeto y el instrumento contractual previsto puede generar incertidumbre sobre entregables, recepción y obligaciones aplicables.

“para la contratación del servicio de montaje del evento "Plásticos por Útiles Escolares" … 4) Modelo de Contrato de Suministro de Bienes (SNCC.C.023)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 47 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 47 — Contratos de servicios

Artículo 47.- Contratos de servicios. Serán considerados contratos de servicios aquellos consistentes en la prestación de actividades o serie de actividades como solución de problemas y necesidades de la institución contratante o del interés general, y que van dirigidas a la obtención de un resultado distinto a una obra o contrato de bienes. Párrafo I.- Por la naturaleza de las actividades o serie de actividades prestadas, los contratos de servicios pueden clasificarse bajo forma similar a los contratos de bienes, es decir, servicios comunes y estandarizados o servicios no comunes ni estandarizados. Párrafo II.- Sin importar su naturaleza, los contratos de servicios de prestación sucesiva…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Oferentes que registra (5)

5 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Multilogic, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; muestra RD$0, por lo que no se consigna un monto de oferta confirmado.MencionadoLote único—
VGO Investment, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; muestra RD$0, por lo que no se consigna un monto de oferta confirmado.MencionadoLote único—
Plures, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; muestra RD$0, por lo que no se consigna un monto de oferta confirmado.MencionadoLote único—
EVS Films Producción, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente.MencionadoLote únicoRD$6,800,340
Pink Iguana, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente.MencionadoLote únicoRD$7,999,220

Otros documentos del proceso (12)

  • ADN-CC~3.PDFInforme pericial · 30 jun de 2026
  • ADN-CCC-LPA-2026-0001-Acto Aprobacion del Pliego-SERVICIO DE MONTAJE DE EVENTO AVTIVIDAD PLASTICOS POR UTILES ESCOLARES_0001.pdfPliego · 30 jun de 2026 · 1 señal
  • ADN-CCC-LPA-2026-0001-REQ_0001.pdfPliego · 30 jun de 2026 · 1 señal
  • ADN-CCC-LPA-2026-0001-SOLICITUD DE COMPRAS -SERVICIO DE MONTAJE DE EVENTO ACTIVIDAD PLASTICOS POR UTILES ESCOLARES_0001.pdfSolicitud de compra · 30 jun de 2026 · 1 señal
  • FORMULARIO DE VISITA OFERENTES.pdfDocumento · 30 jun de 2026
  • PUBLICACIONES PERIODICOS.pdfDocumento · 30 jun de 2026
  • Compromiso Etico de Proveedores.docxDocumento · 30 jun de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 30 jun de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 30 jun de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 30 jun de 2026
  • ADN-CCC-LPA-2026-0001-APROPIACION PRESUPUESTARIA.pdf

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Certificación de fondos · 30 jun de 2026 · 1 señal
  • Acta Suspensión MONITOREO-13-2026 (ADN-CCC-LPA-2026-0001 y 0002).pdfActa · 27 jul de 2026