miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego LICITACIÓN PÚBLICA AGRICULTURA-CCC-LPN-2026-0010.pdf

Adquisicion de Materiales Materiales Ferreteros y de Herreria · Ministerio de Agricultura

Publicado el 26 jun de 202668 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AGRICULTURA-CCC-LPN-2026-0010

Lo que dice

El documento establece las bases de la Licitación Pública Nacional AGRICULTURA-CCC-LPN-2026-0010, convocada el 26 de junio de 2026, para adquirir materiales ferreteros y de herrería por un valor referencial de RD$10,123,632.83. Divide la contratación en dos lotes —materiales ferreteros por RD$9,631,238.00 y materiales de herrería por RD$492,394.83— y fija evaluación de ofertas y adjudicación por menor precio, aunque contiene reglas incompatibles sobre adjudicar por ítem o por lote.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$10.1 millones

El pliego establece dos reglas incompatibles para adjudicar

Documento del 26 jun 2026 · hace 3 meses

Una sección indica que la adjudicación será por ítem, mientras otra dispone adjudicar la totalidad del lote. La diferencia puede cambiar qué oferentes y ofertas pueden resultar adjudicados y dificulta determinar la regla aplicable a cada uno de los dos lotes.

“La adjudicación se efectuará por ítem, resultando adjudicatario el oferente que presente e menor precio ofertado para cada ítem… …La adjudicación será a la totalidad del LOTE requerido entre los oferentes que hayan ^umpli lo con toda la doc”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$492,395

Se exigen dos antecedentes contractuales similares sin graduación por lote

Documento del 26 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego requiere al menos dos certificaciones o contratos ejecutados de bienes similares, sin diferenciar el alcance exigido según el lote. Como el lote de herrería tiene un valor referencial de RD$492,394.83, corresponde revisar si la exigencia y el concepto de «similares» guardan proporción con ese lote y están definidos de modo verificable.

“4.-Presentar al menos dos (2) Certificaciones o contratos ejecutados del sector público o pdvado que evidencie entregas satisfactorias de bienes similares. (Subsanable”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

La restricción por socios comunes excede la regla de participación múltiple

Documento del 26 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego impide participar simultáneamente a empresas que compartan algún socio y también a una persona física cuando participe una empresa de la que sea socio. La prohibición legal citada para participación múltiple se refiere a la misma persona física o jurídica; esta cláusula puede excluir entidades distintas por el solo hecho de compartir un socio, por lo que conviene verificar su alcance y aplicación.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coi icidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

A revisarHallazgo en documentos

Los plazos de entrega no describen una obligación única

Documento del 26 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego fija entrega dentro de diez días hábiles tras la certificación contractual y, en otra sección, describe entregas inmediatas y sucesivas a requerimiento durante la vigencia. Esa diferencia afecta la estimación logística y la comparación de ofertas; conviene precisar si el plazo rige cada orden de pedido o el suministro completo.

“Los bienes adjudicados deberán ser entregado luego de la certificación del contrato … Contraloría General de la República y pago del anticipo si aplica; en un plazo de diez (10) días Luego de la certificación de contrato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Los códigos de actividad del RPE incluyen rubros ajenos al objeto

Documento del 26 jun 2026 · hace 3 meses

Para bienes ferreteros y de herrería, el pliego enumera actividades como abono, maquinaria lapidaria, suministros de aseo, minerales y equipo de arte, además de ferretería y herramientas. La mezcla puede generar incertidumbre sobre cuáles códigos son realmente habilitantes y qué oferentes cumplen la condición.

“Dicha contratación ha sido clasificada bajo los rubros … Abono, por lo que los ofe rentes deberán contar con las actividades comerciales correspondientes a … Maquinaria y equipos lapidarios … Elementos y gases debidamente registradas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Otros documentos del proceso (28)

  • SOLICITUD DE CONTRATACIÓN.pdfSolicitud de compra · 25 jun de 2026 · 2 señales
  • Acta de Aprobación de Pliego.pdfPliego · 25 jun de 2026
  • Acta de Aprobación del Procedimiento.pdfInforme pericial · 25 jun de 2026 · 1 señal
  • 2-Formulario de Informacion sobre Oferente SNCCF042-MODELO-.docxDocumento · 25 jun de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 25 jun de 2026
  • Declaracion Jurada oferta libre de colusion MODELO.docxDocumento · 25 jun de 2026
  • Formulario Debida Diligencia Proveedores.docxDebida diligencia · 25 jun de 2026
  • Modelo Declaración Jurada.docxDocumento · 25 jun de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 25 jun de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 25 jun de 2026
  • Especificaciones.pdfPliego · 25 jun de 2026 · 2 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
1PUBLICACION HOY VIERNES 26 JUNIO 2026.jpegDocumento · 26 jun de 2026
  • 2 PUBLICACION PERIODICO HOY JUEVES 25 JUNIO 2026.jpegDocumento · 26 jun de 2026
  • MODELO DE CONTRATO LP-2026-0010.docContrato · 26 jun de 2026
  • Convocatoria.pdfDocumento · 26 jun de 2026
  • Publicaciones del Periodico.pdfDocumento · 26 jun de 2026
  • 2PUBLICACION NUEVO DIARIO VIERNES 26 JUNIO 2026.jpegDocumento · 26 jun de 2026
  • Autorización Oferente Suministro Informaciones Financieras.docxDocumento · 26 jun de 2026
  • ENMIENDA No. 1 AGRICULTURA-CCC-LPN-2026-0010.pdfEnmienda · 28 jul de 2026
  • PLIEGO DE CONDICIONES AGRICULTURA-CCC-LPN-2026-0010.pdfPliego · 3 ago de 2026 · 2 señales
  • ENMIENDA AGRICULTURA-CCC-LPN-2026-0010.pdfEnmienda · 3 ago de 2026 · 3 señales
  • AGRICULTURA-DAF-CP-2026-0010 especificaciones.pdfPliego · 3 ago de 2026 · 1 señal
  • CIRCULAR AGRICULTURA-CCC-LPN-2026-0010.pdfCircular · 3 ago de 2026
  • ENMIENDA 1 MATERIA FERRETERO.pdfEnmienda · 28 ago de 2026
  • ENMIENDA 1 MATERIA FERRETERO.pdfEnmienda · 31 ago de 2026
  • enmienda AGRIULTURA-CCC-LPN-2026-0010.pdfEnmienda · 10 sept de 2026
  • enmienda 4- AGRICUTURA-CCC-LPN-2026-0010.pdfEnmienda · 23 sept de 2026
  • Enmienda no. 5 LPN-2026-0010.pdfEnmienda · 6 oct de 2026