El acta del 20 de mayo de 2026 adjudica a MAYOL & CO S.R.L. el proceso AMR-CCC-CP-2026-0005 por RD$5,051,000.43. Registra que la oferta ofrecía un descuento de RD$3 por galón sobre los precios oficiales semanales y que el pliego contemplaba dos lotes para adjudicarlos a dos oferentes distintos, aunque la resolución adjudica el proceso completo a una sola empresa.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta afirma que el pliego preveía dos lotes para adjudicación a dos oferentes distintos, pero la resolución adjudica el proceso completo a Mayol & Co. El portal registra el proceso sin lotes; conviene conciliar esa diferencia con el pliego definitivo y el alcance de la adjudicación.
“Que dicho proceso de compras fue contemplado en el pliego de condiciones para ser realizado en dos lotes y adjudicado a dos oferentes distintos. … Adjudicar el PROCESO DE COMPARACION DE PRECIO REF- AMR-CCC-CP-2026-0005, PARA LA ADQUISICION ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El acta describe la oferta como un descuento por galón sobre precios oficiales que varían semanalmente, pero adjudica un monto total fijo idéntico al presupuesto indicado. Conviene verificar cómo se aplicaron cantidades, precios y descuento para calcular el importe adjudicado y los pagos; podría tratarse de un tope contractual, pero el acta no lo precisa.
“Establecieron que su oferta consistiría en el precio establecido por el ministerio de Industria, Comercio y Mipyme, que pueden variar cada viernes en horario de 12:00 A M, donde a ese precio otorgarían un descuento de RD$3 pesos por galón d”
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Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El acta identifica una sola oferta económica, mientras que el portal registra 3,725 proveedores notificados y solo Mayol & Co como oferente. La diferencia entre el alcance de la notificación y la participación efectiva es un indicador de competencia reducida que merece revisión, sin que por sí sola determine una irregularidad.
“una vez aperturada la oferta técnica, quedando habilitado el oferente, ya que cumplió satisfactoriamente con los requerimientos de la misma, por lo tanto el comité de compras y contrataciones del AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE LA ROMANA, conform”
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Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona