La solicitud núm. 062, fechada el 12 de junio de 2026, pide 55 computadoras de escritorio y 114 laptops por un total estimado de RD$16,900,000. Indica como fecha estimada de necesidad el 20 de junio de 2026 para ambos ítems. El documento registra la compra como planificada y está firmado por Gina Carolina Ferreras, encargada de Compras y Contrataciones.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud está fechada el 12 de junio y marca la compra como planificada, pero el PAC aportado figura publicado el 10 de julio, después de la convocatoria del 24 de junio. Además, sus renglones de computadores personales y de escritorio suman cantidades y montos distintos a los de esta solicitud; debe verificarse si la compra estaba incluida en una versión del plan publicada oportunamente y si las diferencias corresponden a una modificación justificada.
“12 de junio de 2026 ... Planificada: SÍ ... TOTAL RD$: 16,900,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
La solicitud fija el 20 de junio de 2026 como fecha de necesidad, aunque el proceso se convocó el 24 de junio y las ofertas cerraron el 16 de julio. El pliego y una enmienda posterior consignaron fechas de entrega distintas; conviene verificar cómo se atendió la necesidad entre la fecha solicitada y la entrega prevista.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
La solicitud de compra estima RD$100,000 por unidad tanto para computadoras de escritorio como para laptops. Las referencias de otros procesos muestran medianas estimadas menores (RD$52,505 para escritorio y RD$72,000 para laptops). Como son valores estimados y las especificaciones pueden diferir, es un indicio para verificar la investigación de mercado, no una conclusión sobre el precio de adjudicación.
“1 | | 2.6.1.3.01 | COMPUTADORA DE ESCRITORIO | 55 | UD | 100,000.00 | 5,500,000.00 2 | | 2.6.1.3.01 | LAPTOPS | 114 | UD | 100,000.00 | 11,400,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 92 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona