Estudio previo no detalla cantidades que sustenten el presupuesto de RD$5.6 millones
· hace 3 meses
El estudio previo presenta precios unitarios de referencia del SECP para picaderas, almuerzos, bebidas, postres y utilería, pero no consigna cantidades proyectadas ni el cálculo que conduzca al total de RD$5,600,000, aprobado por la Dirección Financiera. El monto coincide con la certificación presupuestaria y el contrato, por lo que la observación es de sustentación documental y no afecta el resultado del proceso.
“Según otros procedimientos de contratación pública que tomamos como referencia para determinar el monto de este procedimiento, las necesidades de este servicio están aproximadamente así: … Tomando en consideración lo planteado, el monto tot”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 92 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →