El acta identifica seis firmantes como miembros del comité
· hace 4 meses
La relación inicial del documento identifica cinco miembros, incluido el representante del área jurídica; en la sección de firmas aparece además Isoderlin Rosario como miembro titular por Planificación y Desarrollo, lo que deja constancia de seis integrantes. El artículo 19 de la Ley 47-25 establece una integración de cinco miembros, con posibilidad de hasta dos adicionales designados por el presidente de la República en los entes bajo dependencia del Poder Ejecutivo; el acta no consigna tal designación, por lo que conviene verificar la integración y la base de participación de la integrante adicional.
“…con la presencia de los siguientes miembros del comité de compra: Dr. José Alfaro Pla, Director General y funcionario de mayor jerarquía de la entidad (presidente de comité), Arq. Ibis Oliberquis Tatis, Dirección Administrativa (miembro), ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
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