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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

INFORME JUSTIFICATIVO DA.DGA.733-2026.pdf

CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE UN INMUEBLE PARA ALBERGAR EL LICEO JULIA AMADA MELLA, PERTENECIENTE AL DISTRITO EDUCATIVO 05-03, LA ROMANA. · Ministerio de Educación

Publicado el 12 jun de 2026Fechado el 30 abr de 20263 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINERD-CCC-PEIN-2026-0054

Lo que dice

El informe justificativo, fechado el 1 de mayo de 2026, propone utilizar la excepción por proveedor único para arrendar espacios destinados a centros educativos, oficinas y almacenes del Ministerio de Educación. Para el Liceo Julia Amada Mella describe un inmueble de 317.52 m² y sostiene que no existen alternativas equivalentes; el informe no consigna un monto de alquiler ni constituye por sí mismo el acto de adjudicación.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentos

El informe confunde la regla de proveedor único con la de inmuebles

Documento del 12 jun 2026 · hace 4 meses

El informe atribuye al artículo 163 del Reglamento el procedimiento de proveedor único y concluye que procede la selección directa. Sin embargo, en el marco aplicable, el artículo 163 regula la adquisición o arrendamiento de inmuebles y prevé convocatoria pública como regla, con selección directa excepcional; el artículo 166 regula proveedores únicos. La cita equivocada vuelve incierto qué procedimiento justifica el informe, aunque el expediente puede contener actuaciones posteriores que aclaren la modalidad efectivamente seguida.

“El artículo 163 del Reglamento de Aplicación de la Ley 47-25, regula expresamente todo el procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos... Conforme lo establecido en el artículo 78, en sus numerales 5 y 6, de la ley Núm. ”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · Reglamento 52-26, art. 166 · Ley 47-25, art. 78 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal

Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción

Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Carlixta Benítez Guerrero de TeleminEl informe la identifica como titular del inmueble propuesto para alojar el Liceo Julia Amada Mella; no consigna aquí una oferta ni una adjudicación.MencionadoLote único—

Otros documentos del proceso (16)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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