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Pliego

PLIEGO COMPARACION CP-2026-0007 DE PRECIO PAN SOBAO MIPYME INDUSTRIAL (2).pdf

ADQUISICION DE PAN SOBAO, DESTINADO AL SUMINISTRO DE RACIONES DIARIAS A LOS PRIVADOS DE LIBERTAD, PARA GARANTIZAR UNA ALIMENTACION ADECUADA, CONTINUA Y BALANCEADA. DIRIGIDO A MIPYMES INDUSTRIAL · Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria

Publicado el 8 jun de 202642 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DASAC-CCC-CP-2026-0007

Lo que dice

El pliego de la DASAC establece una contratación simplificada, dirigida a MIPYMES industriales, para adquirir 916,666 unidades de pan sobao por un valor referencial de RD$5,499,996. La convocatoria figura el 10 de junio de 2026 y el cierre de ofertas el 18 de junio; el pliego fija la adjudicación al menor precio y contempla entregas a requerimiento. Según los datos del portal, el proceso aparece adjudicado y celebrado, con contratos registrados para Issachar Burgos García por RD$2,500,000 y Panettis Foods Corporation, SRL por RD$2,229,163, aunque el proceso figura sin lotes.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentosRD$4.7 millones

Contratos a dos oferentes pese al criterio de menor precio y sin lotes

Documento del 8 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego define un solo renglón de 916,666 unidades y adjudicación al menor precio. El portal registra contratos para Issachar Burgos García y Panettis Foods Corporation, SRL, aunque el proceso figura sin lotes; los montos contractuales parciales podrían responder a una distribución, pero el fundamento y la regla aplicada merecen verificarse frente a la evaluación y el acta de adjudicación.

“Pan Sobao 916,666 UND 6 5,499,996.00 … TOTAL RD$ 5,499,996.00 … Las ofertas serán evaluadas conforme a lo dispuesto en los artículos 118 y 121 de la Ley núm. 47-25, bajo el criterio de adjudicación al menor precio, utilizando la”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio

Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Se exige garantía de seriedad en un proceso reservado a MIPYMES

Documento del 8 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego exige presentar garantía de seriedad de la oferta, pese a que el procedimiento está dirigido exclusivamente a MIPYMES. La Ley 47-25 dispone que no se requerirá esa garantía para MIPYMES, por lo que esta condición puede imponer una carga financiera y afectar la participación.

“Garantía de la Seriedad de la Oferta, con los requisitos y condiciones establecidos en el numeral 11.2 literal d correspondiente al título de “garantía de seriedad de la oferta” del presente pliego de condiciones. [subsanable”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo de entrega contradictorio en distintas partes del pliego

Documento del 8 jun 2026 · hace 4 meses

En una cláusula se indica un máximo de “tres (5)” días hábiles; otras disposiciones mencionan tres días y cinco días. La discrepancia deja incierto el plazo vinculante para atender requerimientos y puede afectar la formulación de ofertas y la ejecución.

“el oferente adjudicatario estará obligado a efectuar la entrega correspondiente en un plazo máximo de tres (5) días hábiles … El contratista adjudicatario estará obligado a realizar las entregas parciales o totales requeridas por la”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

A revisarHallazgo en documentos

Certificado de antecedentes penales exigido al representante de la empresa

Documento del 8 jun 2026 · hace 4 meses

Para un suministro de pan, el pliego requiere una certificación de no antecedentes penales del representante legal, con vigencia máxima de 30 días. La exigencia puede operar como condición de exclusión adicional a las inhabilidades de la Ley 47-25 y merece revisión de proporcionalidad y vinculación con el objeto.

““Certificación de no antecedentes penales emitida por la Procuraduría General de la República, expedida a favor del representante legal de la empresa, con vigencia máxima de treinta (30) días luego de ser emitida.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Exige estar al día con DGII y TSS al abrir ofertas económicas

Documento del 8 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego exige certificaciones de cumplimiento fiscal y de seguridad social actualizadas para la apertura de las ofertas económicas. En un proceso reservado a MIPYMES, la norma permite participar pese a deudas de hasta seis meses; la condición redactada puede excluir a empresas comprendidas en esa excepción.

““Certificación original emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), donde se manifieste que el Oferente se encuentra al día en el pago de sus obligaciones fiscales, la cual debe estar actualizada al momento de la apertura”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Umbral de oferta temeraria basado en un promedio de precio sugerido

Documento del 8 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego incorpora un rango de baja mínima del 20% respecto del promedio del precio sugerido o valor del ítem, y lo atribuye a una resolución de 2024. El Reglamento 52-26 establece que el porcentaje se determine en el pliego respecto del presupuesto base; conviene verificar qué referencia y método se aplicarían al evaluar y excluir ofertas.

““En virtud de la Resolución PNP-04-2024, el procedimiento el rango porcentual hacia la baja, con base al cual podrán ser descalificadas las ofertas económicas por considerarse anormalmente baja, no deberá ser menor al veinte por ciento (20%”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 123 · Ley 47-25, art. 123 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 123 — Exclusiones de ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones de ofertas temerarias. La institución contratante podrá excluir una oferta si determina que el precio o el costo indicado en ella resultan temerarios en relación con el objeto de la contratación y suscita dudas acerca de la aptitud del oferente para eventualmente cumplir el contrato; en estos casos, la institución contratante deberá agotar previamente las actuaciones siguientes: 1) Solicitar por escrito al oferente correspondiente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato; y 2) Estudiar toda información adicional facilitada por el oferente conjuntamente con la que ya consta…

ContextoHallazgo en documentos

Distintas referencias legales para la declaración de inhabilidades

Documento del 8 jun 2026 · hace 4 meses

La sección de requisitos pide declarar que no se incurre en las prohibiciones del artículo 38 de la Ley 47-25, pero la tabla de evaluación identifica los artículos 15 de la ley y 34 del reglamento. Esas referencias distintas pueden generar incertidumbre sobre el alcance que los peritos verificarán.

“Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el artículo 38 de la Ley núm. 47-25 de Ley Contrataciones Publicas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

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Oferentes que registra (4)

2 adjudicado · 2 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Panettis Foods Corporation, SRLEl portal registra un contrato activo por RD$2,229,163.Adjudicado—RD$2,229,163
Issachar Burgos GarcíaEl portal registra un contrato activo por RD$2,500,000; aparece dos veces en el registro de ofertas con el mismo monto.Adjudicado—RD$2,500,000
Panificadora Barahona, SRLEl portal registra una oferta cargada/pendiente por RD$0; no registra contrato a su nombre.Mencionado—RD$0
Portafolio.Do, SRLEl portal registra una oferta cargada/pendiente por RD$5,499,996; no registra contrato a su nombre.Mencionado—RD$5,499,996

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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DASAC-CCC-CP-2026-0007 - LISTADO DE SUBSANCION.pdf
Documento · 26 jun de 2026
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  • APERTURA SOBRES A CP-2026-0007 (2).pdfCircular · 1 jul de 2026
  • APERTURA SOBRES A CP-2026-0007.pdfCircular · 1 jul de 2026
  • CIRCULAR DE APLAZAMIENTO CP-2026-0007 RV-00.pdfCircular · 1 jul de 2026
  • INFORME TECNICO CP-2026-0007 RV-00.pdfCircular · 1 jul de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION CP-2026-0007.pdfActa de adjudicación · 13 jul de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION CP-2026-0007.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE ADJUDICACION CP-2026-0007.pdfActa de adjudicación · —
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  • INFORME DE EVALUACION ECONOMICA CP-2026-0007.pdfInforme de evaluación · —
  • INFORME DE EVALUACION ECONOMICA CP-2026-0007.pdfInforme de evaluación · —
  • INFORME DE EVALUACION ECONOMICA CP-2026-0007.pdfInforme de evaluación · —
  • INFORME DE EVALUACION ECONOMICA CP-2026-0007.pdfInforme de evaluación · —
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