El Acto Administrativo núm. 009/2026, fechado el 9 de junio de 2026, enmienda el pliego y sustituye su cronograma: fija la recepción y apertura técnica para el 15 de junio y la adjudicación para el 4 de agosto de 2026. También modifica las reglas de la oferta económica, incorporando un umbral del 15 % para revisar precios bajos, documentos exigidos y evaluación «Cumple/No Cumple»; establece que la garantía de seriedad debe estar vigente hasta el 13 de agosto de 2024.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto afirma que se aprobó una Licitación Pública Nacional, pero fija la presentación de ofertas el 15/06/2026 tras publicar el 02/06/2026, menos de los 30 días hábiles mínimos para esa modalidad. El portal y el resumen de otros documentos registran contratación simplificada/Comparación de Precios; la modalidad superior puede elegirse, pero debe aclararse cuál rige, pues cambia el plazo exigible.
“Que, el dos (02) de junio de dos mil veintiséis (2026), se realizó el acta núm. 2026-0003 por parte del Comité de Compras y Contrataciones, mediante la cual se aprueba el procedimiento por Licitación Pública Nacional… | Presentación de las ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 101 · Ley 47-25, art. 57 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
El proceso se identifica como dirigido a MIPYMES, pero la enmienda incluye para la evaluación económica una garantía de seriedad del 1 % sin indicar excepción para oferentes MIPYME. La regla legal dispone que no se requiere esa garantía para MIPYMES; conviene verificar cómo se aplicó a quienes tenían esa condición al ofertar.
“Garantía de la Seriedad de la Oferta. Correspondiente a una póliza de seguros por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta presentada.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La fecha de vencimiento consignada es anterior a la convocatoria de 2026 y no cubre la adjudicación ni la firma; debilita el control de vigencia de la garantía..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Según el resumen del pliego anterior, recepción prevista hasta el 11/06/2026.
Recepción de ofertas hasta el 15/06/2026, apertura técnica ese mismo día y adjudicación el 04/08/2026.
Relaja
Sección I, apartado 11.2.aRevisión de ofertas con precio bajo
Texto anterior no reproducido en el documento.
Si el precio es más de 15 % inferior al monto del contrato o valor referencial, se aplicará el procedimiento para analizar si es temerario y puede descalificarse si no se justifica.
Endurece
Sección I, apartado 11.2.1Documentos de la oferta económica
Texto anterior no reproducido en el documento.
Exige formulario económico, garantía de seriedad de la oferta y declaración de oferta libre de colusión; indica que la garantía es subsanable.
Endurece
Sección I, apartado 12.2Evaluación económica y vigencia de garantía
Texto anterior no reproducido en el documento.
Establece evaluación económica Cumple/No Cumple y garantía del 1 % con vigencia hasta el 13/08/2024 inclusive.
NeutralQuita un control: La fecha de vencimiento consignada es anterior a la convocatoria de 2026 y no cubre la adjudicación ni la firma; debilita el control de vigencia de la garantía.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona