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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES-0031.pdf

“Adquisición baterías, para ser utilizadas por el parque vehicular de la movilidad Escolar de Ministerio”. · Ministerio de Educación

Publicado el 9 jun de 202641 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINERD-CCC-LPN-2026-0031

Lo que dice

El pliego establece una Licitación Pública Nacional para adquirir baterías destinadas a la movilidad escolar, con presupuesto base de RD$24,823,073.88 distribuido en tres lotes y ofertas hasta el 22 de julio de 2026. Fija requisitos técnicos y financieros, entregas escalonadas y condiciones de pago y adjudicación; también contiene cláusulas que merecen revisión por diferencias internas o frente a las reglas aplicables.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Diferencia entre el anticipo MIPYME de 20% y el de 30%

Documento del 9 jun 2026 · hace 4 meses

Una cláusula vincula el plazo de entrega a la recepción de un anticipo de 20% para MIPYMES, mientras que el cronograma y otras cláusulas del mismo pliego establecen 30%. La diferencia afecta la claridad de los hitos de entrega y del financiamiento aplicable; la Ley fija un anticipo de 30% para estas empresas.

“En este caso no podrá ser mayor a noventa días (90) calendarios a partir de la Certificación del Registro del Contrato ante la Contraloría General de la República y haber recibido el 20% de Anticipo (Para MiPymes) y para grande empresa”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Banda de precio simétrica para calificar ofertas como no sustentables

Documento del 9 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego califica como no sustentables ofertas por debajo o por encima en más de 20% del presupuesto base, aunque describe el procedimiento de consulta y análisis para ofertas bajas. El Reglamento regula la detección de precios anormalmente bajos; conviene verificar el fundamento y el tratamiento previsto para ofertas que superen el presupuesto.

“Se considerará oferta no sustentable aquella que esté por debajo o por encima del 20% del presupuesto base, conforme la normativa vigente, a fin de garantizar transparencia y evitar adjudicaciones temerarias que comprometen la ejecución con”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias

Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Plazo de pago de hasta 60 días para empresas no MIPYME

Documento del 9 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego fija hasta 60 días para pagar a adjudicatarios que no sean MIPYME, tanto en el pago posterior a la entrega como en pagos parciales. La Ley establece un plazo máximo de 30 días desde que se cumplen las condiciones de pago y se presenta el requerimiento, por lo que corresponde revisar esta cláusula.

“Para los adjudicatarios que no son MIPYME, (no aplica pago del 30% de avance), los pagos se realizaran posterior a la entrega de los servicios contratados, en un período no mayor de sesenta días”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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A revisarHallazgo en documentos

Desempate previsto directamente por sorteo

Documento del 9 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego establece el azar como mecanismo general de desempate, sin indicar primero las preferencias previstas en el Reglamento para discapacidad, protección ambiental o subcontratación de MIPYMES. El Reglamento contempla el sorteo cuando no se reciben ofertas con esos elementos o cuando el pliego no señala un criterio de desempate.

“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá de acuerdo al siguiente procedimiento: El Comité de Compras y Contrataciones procederá por una elección al azar, en presencia de Notario Público y de los interesados, uti”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas

Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…

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A revisarHallazgo en documentos

Exclusión general de empresas con socios en común

Documento del 9 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego impide que participen simultáneamente empresas distintas si comparten uno o más socios o accionistas. Esa regla es más amplia que la prohibición legal de multiplicidad de participación de una misma persona y puede limitar la concurrencia de sociedades jurídicamente distintas.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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ContextoHallazgo en documentos

Disponibilidad financiera mínima fijada en 30% o 15% del lote

Documento del 9 jun 2026 · hace 4 meses

Además de estados financieros auditados e indicadores de solvencia y liquidez, el pliego exige acreditar fondos o líneas de crédito equivalentes al 30% del valor referencial de los lotes para grandes empresas y al 15% para MIPYMES. Por su efecto habilitante y acumulación con otros requisitos financieros, conviene comprobar su proporcionalidad respecto de las entregas y obligaciones de cada lote.

“Presentar documentación que demuestre la disponibilidad económica, ya sea mediante la suma de instrumentos de débito (cuentas corrientes, certificados, cuentas de ahorro) o de crédito (líneas de crédito), por una entidad de intermediación f”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Otros documentos del proceso (19)

  • ACTA ASIGNACIÓN DE PERITOS.pdfInforme pericial · 9 jun de 2026
  • SOLICTUD DE COMPRAS-0031.pdfSolicitud de compra · 9 jun de 2026
  • ACTA ASIGNACIÓN DE PERITOS.pdfInforme pericial · 9 jun de 2026
  • PLIEGO DE CONDICIONES-0031.pdfPliego · 9 jun de 2026 · 2 señales
  • FICHAS TÉCNICAS POR LOTES.zipPliego · 9 jun de 2026
  • Formulario.zipDocumento · 9 jun de 2026
  • Periodico 9-6-2026.zipDocumento · 9 jun de 2026
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  • CIRCULAR DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS.pdfCircular · 8 jul de 2026
  • Aviso .pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • RECURSO DE RECONSIDERACIÓN MINERD (1).pdfReconsideración · 13 ago de 2026 · 1 señal

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Esta ley en ChatLeyes

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  • Acta de adjudicación .pdfActa de adjudicación · 16 sept de 2026 · 2 señales
  • ACTA DE ADJUDICACIÓN CORREGIDA.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTO 25-2026-MINERD-CCC-LPN-2025-0031-SOBRE B.pdfDocumento · —
  • cuota-joules.pdfDocumento · —
  • INFORME CONSOLIDADO LPN-0031.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • LPN 2026-0031 CONTRATO JOULES ENTERPRISE SRL.pdfContrato · —