El Acta núm. 002, de fecha 2026-06-08, aprueba la Enmienda núm. 1 al pliego del proceso DGCP-CCC-CP-2026-0002 y ordena su publicación. Modifica instrucciones sobre el precio de la oferta, la recepción de los sobres, el órgano responsable y el cronograma; el texto fija como límite de recepción el 2026-06-10 a las 10:00 a. m.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta está fechada el 8 de junio y fija la recepción hasta el 10 de junio; el portal también registra ese cierre. La enmienda modifica instrucciones sobre precio y recepción, pero el documento no consigna una extensión del plazo; debe verificarse si se amplió de manera proporcional a los cambios y se habilitó nuevamente la formulación de preguntas sobre ellos.
“En fecha ocho (08) de junio del año dos mil veintiséis (2026) la encargada de la División de Compras y Contrataciones solicitó realizar una enmienda al Pliego de Condiciones al procedimiento de comparación de precios núm. DGCP-CCC-CP-2026-0”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El acta ordena presentar la oferta “por el monto total referencial establecido”, mientras que el resumen del pliego indica adjudicación por menor precio. Si la frase exige ofertar exactamente el presupuesto referencial, limitaría la comparación de precios; conviene verificar cómo fue interpretada y aplicada, pues el texto no aclara si se refiere al monto máximo o a un precio obligatorio.
“El oferente deberá presentar su oferta en el formulario de Presentación de Oferta Económica … por el monto total referencial establecido para esta contratación, de acuerdo con los requeri- mientos que se indican a continuación”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
10.2 Contenido de la oferta económica, literal a) Precio de la ofertaForma de expresar el precio ofertado
El acta describe la redacción previa como ambigua o contradictoria, pero no la transcribe.
Indica presentar la oferta por el monto total referencial establecido y cotizar el servicio por horas, días, semanas, meses o de forma global, con dos decimales e impuestos y gastos incluidos.
Endurece
Recepción de ofertas técnicas Sobre A y económicas Sobre BEtapas y plazo de recepción
El acta identifica ambigüedades y contradicciones en la redacción previa, sin reproducirla.
Establece dos etapas y fija la recepción hasta el 10 de junio de 2026 a las 10:00 a. m.; las ofertas tardías no se aceptan.
Aclara
Órgano y personas responsables del procedimientoResponsabilidad de conducción del procedimiento
La redacción anterior no se reproduce; el acta también deroga dos pies de página del pliego.
Identifica al Comité de Contrataciones Públicas como órgano responsable de organizar, conducir y ejecutar el procedimiento.
Aclara
Cronograma de actividades, punto 14Subsanación de la garantía de seriedad de la oferta
El cronograma anterior no se reproduce.
El acta señala que el punto 14 trata el período para subsanar la garantía, pero no consigna el plazo revisado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona