Publicado el 8 jun de 2026Fechado el 28 may de 20268 páginasEn el mensaje «Para Anexar documento de Adenda/Enmienda y Circular de respuestas al proceso»
La Circular núm. 1, fechada el 29 de mayo de 2026, responde consultas sobre las especificaciones de la licitación DGII-CCC-LPN-2026-0004. Acepta cambios en parámetros de impresión, alimentación de papel, ciclos de trabajo, potencia de fuente, denominación de seguridad, garantía de docking y alternativas de servicio para el ítem 1 del lote 1; mantiene otros requisitos como PaperStream y NVLINK.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para el lote 3, ítem 5, la DGII mantiene el adaptador NVLINK pese a que la consulta lo identifica como una referencia tecnológica propietaria y propone expresar el requisito por desempeño o compatibilidad funcional. La respuesta remite a la solicitud del área interesada, por lo que conviene verificar la necesidad técnica y la disponibilidad de alternativas.
“Se mantiene tal cual se encuentra especificado en la ficha técnica, ya que es un requerimiento solicitado por el área interesada de dichos equipos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
La circular mantiene PaperStream para escáneres; la consulta afirma que solo está disponible para Fujitsu/Ricoh, mientras la DGII justifica el requisito por su uso en aplicativos institucionales. Conviene verificar técnicamente si esa compatibilidad es indispensable y si existen soluciones funcionalmente equivalentes.
“Se mantiene tal cual se encuentra especificado en la ficha técnica, ya que este controlador es requerido específicamente en varios aplicativos de la institución.”
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Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Para los lotes 1, 3, 4, 5 y 6, la circular exige que los oferentes sean distribuidores autorizados por el fabricante y no acepta certificaciones de mayoristas. La condición puede excluir canales de distribución que acrediten suministro autorizado por otra vía; merece verificarse su necesidad técnica y el número de distribuidores que pueden cumplirla.
“Los oferentes participantes deben ser distribuidores autorizados por el fabricante, no se permiten certificaciones de mayoristas.”
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Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se flexibiliza la verificación de que el propio oferente sea centro de servicio; para este ítem se admite recurrir a un centro del fabricante o a un centro autorizado mediante acuerdo..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Lote 4, ítem 6 — impresora multifuncional full colorVelocidad, ciclo de trabajo y manejo de papel
La ficha técnica previa no se transcribe en la circular; se solicitaron rangos de velocidad de 45–50 ppm, ciclo mensual de 140,000–250,000 páginas y cambios en las capacidades de entrada y salida.
Se modifica la velocidad a 45–50 ppm; el ciclo mensual queda en 40,000 páginas o más; entrada: alimentador multiuso de 80 páginas, bandeja de 550 y ADF de 50 o más; salida: rango de 250–500 hojas.
Relaja
Lote 1, ítem 1 — computadora de escritorioPotencia mínima de la fuente de poder
Fuente de poder de 180 W.
Fuente de poder de 90 W o más.
Relaja
Lote 1, ítem 2 — laptop configuración High EndDenominación propietaria de seguridad
La especificación incluía el término “Control Vault 3+”.
Se acepta remover el término “Control Vault 3+”; la circular no precisa si se conserva un requisito funcional equivalente.
Relaja
Ítem 9 — impresora monocromática para Administración Tipo ACiclo de trabajo, memoria y alimentación de papel
La ficha técnica previa no se transcribe íntegramente; se solicitaron cambios al ciclo, la memoria y la capacidad de alimentación.
Ciclo mensual de 60,000 páginas o más; memoria de 3 GB o más; alimentador multiuso de 100 páginas, bandeja de 550 y ADF de mínimo 50; alimentador de salida de 250–500 hojas.
Aclara
Lote 2, ítem 4 — docking para laptopsDuración de la garantía
Garantía de tres años.
Se acepta una garantía de un año, exclusivamente para este ítem.
Relaja
Lote 1, ítem 1 — computadora de escritorioAcreditación del servicio técnico y centros de servicio
La consulta describe como requisito que el oferente presente certificación del fabricante indicando que es un centro de servicio; también se preguntó si debía poseer directamente el centro o almacén.
La DGII acepta la alternativa únicamente para el ítem 1 del lote 1: admitir centros de servicio del fabricante y un acuerdo con un centro autorizado, sin exigir que el oferente sea directamente el taller certificado.
RelajaQuita un control: Se flexibiliza la verificación de que el propio oferente sea centro de servicio; para este ítem se admite recurrir a un centro del fabricante o a un centro autorizado mediante acuerdo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona