El Acta CP-054-2026, de fecha 2026-06-01, adjudica a RIV EVENTOS, S.R.L. el procedimiento MIREX-CCC-CP-2026-0002 por RD$5,600,000.00, ITBIS incluidos. El acta registra una sola oferta económica y recomienda adjudicarla porque, según consigna, cumplió los requerimientos del pliego.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta afirma que la adjudicación se basó en el menor precio; los antecedentes del proceso indican que la Enmienda No. 02 redefinió el criterio de adjudicación como calidad-costo. Además, el acta fundamenta la decisión repetidamente en la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23, aunque la convocatoria del 6 de marzo de 2026 se rige por la Ley 47-25 y el Reglamento 52-26; debe comprobarse qué criterio se aplicó efectivamente en la evaluación y adjudicación.
“Se advierte que los peritos han formulado recomendación de adjudicación basado en el criterio establecido en el pliego de condiciones: adjudicar a los participantes que cumpla con el menor precio en su oferta económica, por lo que el Comité”
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
El acta adjudica RD$5,600,000, exactamente el monto estimado del proceso. En conexión con la regla del pliego ya identificada que fija el precio igual al presupuesto y con el registro de una sola oferta, la adjudicación no muestra una comparación de precios entre propuestas; corresponde verificar cómo se evaluó la conveniencia económica y la razonabilidad del monto.
“ADJUDICAR al oferente: RIV EVENTOS, S.R.L., el procedimiento de Contratación Simplificada para la CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE INTERPRETACIÓN SIMULTÁNEA Y ALQUILER DE EQUIPOS DE INTERPRETACIÓN PARA CUBRIR DIFERENTES ACTIVIDADES DE ESTE MINIS”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 117 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 117 — Propuesta más conveniente
Artículo 117.- Propuesta más conveniente. La evaluación de las propuestas procurará que la selección recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación calidad-costo, menor costo del ciclo de vida o menor precio, según corresponda de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo.- Por su naturaleza, en los procedimientos de sorteo de obras el criterio determinante de la selección será el azar.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El acta consigna que la fianza de RD$56,000 estuvo vigente solo hasta el 15 de mayo de 2026, pero la adjudicación se decidió el 1 de junio. La vigencia consignada no cubre la adjudicación ni la posterior formalización contractual, por lo que corresponde verificar si se renovó o prorrogó la garantía.
“RD$56,000.00 Vigencia (19 de marzo de 2026 al 15 de mayo de 2026). … al día uno (01) del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026)”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 203 · Ley 47-25, art. 110 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Ley 47-25, artículo 110 — Prórroga a la validez de las propuestas
Artículo 110.- Prórroga a la validez de las propuestas. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 105 de la presente ley, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la institución podrá solicitar una prórroga de duración determinada. Párrafo I.- El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el procedimiento. Párrafo II.- Para que la oferta se estime prorrogada se requerirá que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, cuando este aplique al procedimiento, determinándose que quien no entregue la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona