El Acta de Adjudicación núm. 06, de fecha 2026-06-01, aprueba el informe económico y adjudica el proceso OGTIC-CCC-SI-2026-0003 a Sistema de Transporte de Combustible SITRACOM, S.R.L. por RD$11,998,800. Registra que Coral y SITRACOM quedaron habilitadas, Next Dominicana no fue habilitada y que durante la puja solo había un oferente conectado.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a SITRACOM por RD$11,998,800 sosteniendo que presentó el menor precio y el mayor descuento, pero el portal registra ofertas iniciales menores (Coral RD$11,400,000; Nikko RD$10,920,000, esta última no mencionada en el acta). Como el pliego establece como criterio el mayor porcentaje de descuento, devuelto en tickets adicionales y no visible en el portal, la divergencia requiere revisar el informe económico final y los registros de la puja.
“Oferente presentó una oferta con el menor precio en base al presupuesto inicial, así como el mayor porcentaje de descuento. … ADJUDICA al oferente SISTEMA DE TRANSPORTE DE COMBUSTIBLE SITRACOM, S.R.L.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Reglamento 52-26, art. 139 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Reglamento 52-26, artículo 139 — Condiciones de la puja electrónica y adjudicación
Artículo 139.- Condiciones de la puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes cuya propuesta técnica y económica inicial hayan sido habilitadas por cumplir con lo establecido en el pliego de condiciones. Párrafo I. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, conforme al día y la hora prevista en el cronograma de actividades. Párrafo II. Debe adjudicarse al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo III. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución puede…
El acta consigna tres oferentes en la apertura técnica y no menciona a Nikko Comercial. El portal registra a Nikko Comercial con una oferta de RD$10,920,000 en estado «Aprobada»; debe verificarse si presentó oferta y, de ser así, cómo se resolvió su participación, pues el dato del portal no queda conciliado con el acta ni con la adjudicación.
“llevó a cabo la apertura de los “Sobres “A” Ofertas Técnicas” del procedimiento, constatándose el depósito de tres (03) ofertas de los siguientes oferentes:”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 114 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
El acta registra que Next Dominicana no cumplió la exigencia de presencia en regiones y provincias, lo que contribuyó a que no fuera habilitada y dejó dos oferentes para la fase económica. Este es un resultado concreto de la condición territorial ya señalada en otros documentos; conviene contrastar su justificación y proporcionalidad con el objeto y la cobertura efectiva requerida.
“No cumple con Zona Sur, (Solo 2 provincias en esta región), según lo establecido: debe tener presencia en al menos tres regiones a nivel nacional y mínimo cuatro (4) provincias por región.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El acta dice que ambos oferentes compitieron mediante descuentos, pero también que durante la puja electrónica había únicamente un oferente conectado. El Reglamento requiere dos oferentes conectados para realizar la puja, aunque permite adjudicar directamente si solo uno está conectado; debe comprobarse si se aplicó esa alternativa y cómo se determinó el resultado que sustentó la adjudicación.
“se dio inicio de la puja electrónica del procedimiento de Subasta Inversa, en el cual ambos oferentes procedieron a competir mediante la presentación de descuentos sobre sus ofertas, estando en la puja electrónica únicamente UN (01) oferent”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 139 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 139 — Condiciones de la puja electrónica y adjudicación
Artículo 139.- Condiciones de la puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes cuya propuesta técnica y económica inicial hayan sido habilitadas por cumplir con lo establecido en el pliego de condiciones. Párrafo I. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, conforme al día y la hora prevista en el cronograma de actividades. Párrafo II. Debe adjudicarse al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo III. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución puede…
Next Dominicana, SANo presentó estatutos sociales vigentes, certificación NORDOM 476 para gasolina sin plomo, estados financieros ni declaraciones juradas IR-2; además, el acta indica que no cumplió el requisito de presencia territorial.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona