Filtro automático de localidad no aplicado en el SECP
· hace 4 meses
El Comité consigna que el sistema permitió registrar ofertas sin limitar técnicamente la participación a MIPYMES locales y traslada la verificación a la evaluación. La circular no establece que una oferta inelegible haya sido habilitada, pero el control de localidad dependió de la revisión posterior.
“al momento de la configuración del procedimiento en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), no fue aplicada la restricción técnica que limitara automáticamente la participación de los usuarios con acceso al referido sistem”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 173 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 173 — Domicilio local de los proveedores
Artículo 173.- Domicilio local de los proveedores. En las contrataciones destinadas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se establecerá la condición a los proveedores interesados que tengan fijados, domicilio en el distrito municipal, municipio, provincia o región en la que se vayan a suministrar los bienes, prestar los servicios o ejecutar las obras. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán los criterios para determinar el domicilio del proveedor. Párrafo II.- Solo en caso de no existir oferentes locales calificados en el distrito municipal, municipio, provincia o región que puedan satisfacer el objeto contractual, se podrá contratar las…
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