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Abriendo la ficha…

Pliego

6. PLIEGO SI-19 .pdf

ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS DOBLE CABINA, TIPO 1 4X4 DIESEL · Procuraduría General de la República

Publicado el 3 jun de 202638 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROCURADURIA-CCC-SI-2026-0019

Lo que dice

El pliego establece una subasta inversa electrónica para adquirir 13 camionetas doble cabina 4x4 diésel, con un presupuesto referencial de RD$40,508,000. La puja se plantea como global, por la totalidad de los vehículos, y el pliego fija una duración de 30 minutos. También establece requisitos técnicos, financieros y de experiencia, además de condiciones de pago, entrega y ejecución contractual.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$40.5 millones

Exclusión automática de ofertas más de 30 % bajo el estimado

Documento del 3 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego dispone que las ofertas que superen una baja del 30 % serán consideradas no sustentables y no aceptadas. La Ley exige solicitar al oferente explicaciones y valorar la información antes de excluir una oferta presuntamente temeraria; la redacción del pliego no refleja ese trámite.

“Para ser calificadas como sustentables las ofertas presentadas por los oferentes luego de terminas la puja electrónica, no serán aceptadas ofertas con un valor porcentual hacia la baja que excedan el 30% por debajo del precio total”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 123 — Exclusiones de ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones de ofertas temerarias. La institución contratante podrá excluir una oferta si determina que el precio o el costo indicado en ella resultan temerarios en relación con el objeto de la contratación y suscita dudas acerca de la aptitud del oferente para eventualmente cumplir el contrato; en estos casos, la institución contratante deberá agotar previamente las actuaciones siguientes: 1) Solicitar por escrito al oferente correspondiente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato; y 2) Estudiar toda información adicional facilitada por el oferente conjuntamente con la que ya consta…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias

Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo de pago previsto de hasta 45 días calendario

Documento del 3 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego fija un plazo máximo de 45 días calendario desde la remisión de las facturas. La Ley establece un máximo de 30 días desde que se genere la condición contractual de pago y se presente el requerimiento correspondiente; la diferencia merece revisión.

“Este pago se hará en un período no mayor de cuarenta y cinco (45) días calendarios contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes ofrecidos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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A revisarHallazgo en documentos

El anticipo a MIPYMES queda sujeto a un máximo y a un plazo posterior

Documento del 3 jun 2026 · hace 4 meses

Para adjudicatarios MIPYMES, el pliego plantea un anticipo de hasta 30 % y un desembolso dentro de los 30 días posteriores a la firma. La Ley dispone un anticipo del 30 % con la suscripción del contrato, orden o servicio y sin necesidad de factura; la cláusula podría reducir o retrasar ese beneficio obligatorio.

“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, no pudiendo ser más del 30%, si se trata de un oferente certificado como MIPYMES, se hará en un plazo no mayor de 30 días a partir de la firma d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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A revisarHallazgo en documentos

Plazos financieros estrictos que podrían limitar la concurrencia

Documento del 3 jun 2026 · hace 4 meses

Para un contrato estimado en RD$40,508,000, el pliego exige solvencia y liquidez de al menos 1.50 y endeudamiento máximo de 1.40. Conviene verificar que esos umbrales estén justificados y sean proporcionales al objeto y al riesgo contractual, pues pueden excluir oferentes solventes con estructuras financieras distintas.

“Índice de solvencia = activo total / pasivo total Límite establecido: Mayor 1.5”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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ContextoHallazgo en documentos

El perfeccionamiento se condiciona a la publicación

Documento del 3 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego afirma que el contrato se perfecciona cuando se publica en el SECP y el portal institucional, aunque la Ley establece que se perfecciona con su formalización. La diferencia puede generar incertidumbre sobre el momento en que nacen los derechos y obligaciones contractuales.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · Reglamento 52-26, art. 179 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

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Reglamento 52-26, artículo 179 — Formalización del contrato

Artículo 179.- Formalización del contrato. Todos los contratos deben constar por escrito, en soporte físico o digital, y cumplir con todos los requisitos previstos en la Ley núm. 47-25. Los contratos en formato digital deben utilizar mecanismos de firma electrónica o firma digital reconocidas, conforme a la normativa sobre comercio electrónico. Párrafo. La inclusión de cláusulas de renovación automática en los contratos administrativos celebrados entre las instituciones contratantes y los proveedores no tendrá ningún efecto ni validez jurídica.

Texto oficial completo

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ContextoHallazgo en documentos

Penalidad por incumplimiento técnico redactada para computadoras

Documento del 3 jun 2026 · hace 4 meses

En un proceso de adquisición de camionetas, la cláusula de penalidad por incumplimiento de especificaciones se refiere a computadoras. Esa falta de correspondencia puede dificultar la aplicación de la penalidad prevista ante vehículos no conformes y merece aclaración sobre el control contractual aplicable.

“En caso de que la PGR compruebe que las computadoras entregadas no se correspondan con lo requerido en la ficha técnica del proceso, esta procederá a notificarle dicha situación al PROVEEDOR”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 135 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos

Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…

Otros documentos del proceso (23)

  • 3. Certificación de Fondos.pdfCertificación de fondos · 2 jun de 2026 · 1 señal
  • 4. Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 2 jun de 2026 · 1 señal
  • 5. Acta Inicio de Proceso.pdfPliego · 2 jun de 2026
  • 5. Acta Inicio de Proceso.pdfInforme pericial · 2 jun de 2026 · 1 señal
  • Borrador de contrato (PROCURADURIA-CCC-SI-2026-0019).pdfContrato · 2 jun de 2026
  • FORMUL~1.DOCDocumento · 3 jun de 2026
  • Formulario oferta Económica SNCC.F.033.docxDocumento · 3 jun de 2026
  • DECLAR~1.DOCDocumento · 3 jun de 2026
  • FORMUL~3.DOCDocumento · 3 jun de 2026
  • CARTA CONSULTA PROCURADURIA 2026-0019.pdfDocumento · 8 jun de 2026
  • SOLICITUD ACLARACION.pdfDocumento · 8 jun de 2026
  • 8. Estudios previos.pdf

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Estudio previo · 11 jun de 2026 · 1 señal
  • 9. Circular respuesta 01 SI-19.pdfCircular · 11 jun de 2026 · 1 señal
  • Enmienda firmada.pdfEnmienda · 11 jun de 2026 · 2 señales
  • ANEXOS RECURSO.pdfReconsideración · 17 jun de 2026 · 3 señales
  • RECURSO DE RECONSIDERACION E IMPUGNACION PARCIAL.pdfReconsideración · 17 jun de 2026 · 1 señal
  • 18. Circular de información.pdfCircular · 26 jun de 2026
  • 23. Acto conocimiento de Impugnación.pdfReconsideración · 2 jul de 2026
  • 24. Acta de adjudicación.pdfActa de adjudicación · 6 jul de 2026 · 1 señal
  • 24. Acta de adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • 28. Contrato No. 0107-2026.pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de Compras_31/7/2026_1_00 p.m..PdfDocumento · —